Perista: Persona que comercia con objetos robados a sabiendas de que lo son.— DRAE

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La Corte avala notice and takedown en México

Sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 22 de mayo de 2024.
Sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 22 de mayo de 2024.

El mecanismo de notificación y retirada de contenido supuestamente infractor de derechos de autor publicado en plataformas digitales (tipo YouTube, TikTok o Spotify…) es constitucional, determinó el Pleno de la Suprema Corte en una decisión de la semana pasada. El mecanismo se conoce en inglés como notice and takedown.

  • La Corte también declaró constitucionales las sanciones administrativas y penales contra las personas que rompan los candados de seguridad digital de obras protegidas, conocidos como medidas tecnológicas de protección o MTP, por su sigla. (SCJN y SCJN)

La sentencia que se aprobó fue propuesta por el ministro Javier Laynez Potisek a la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y su acumulada de una minoría del Senado (217/2020 y 249/2020, respectivamente).

  • Falta por resolverse el amparo en revisión 556/2022 de la organización Artículo 19, que se encuentra en la Primera Sala bajo análisis del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
  • Lo más probable es que este asunto se falle en el mismo sentido: declarando la constitucionalidad de notificación y retirada y de las sanciones por eludir medidas tecnológicas de protección.

La decisión de la Corte

El mecanismo Notice and takedown se encuentra descrito en el artículo 114° Octies de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), creado con la reforma de 2020 que obligó la actualización del tratado comercial de América del Norte, conocido en México como T-MEC.

La Corte consideró 4 criterios escritos en la ley para avalar su constitucionalidad:

  1. que el mecanismo tiene “normas claras y precisas”.
  2. que quien pide retirar el contenido debe acreditar que tiene un interés jurídico como titular del derecho de autor y no sólo manifestarlo.
  3. que las plataformas digitales no prejuzgan sobre la titularidad del derecho.
  4. que la última palabra en la controversia la tiene un juez y no las plataformas.

Sobre notice (notificación o aviso)

En México está prohibida la censura previa y sólo un juez puede autorizar que se suspenda la divulgación de un contenido a la opinión pública…

  • …un juez o notice and takedown.

Aviso. La notificación de una supuesta afectación es suficiente para que las plataformas —para evitarse problemas— retiren el contenido.

Contraaviso. El mecanismo permite que el usuario que publicó el contenido supuestamente infractor exhiba en un contraaviso el permiso para usarlo o inscriba su publicación en alguno de los supuestos permitidos para reutilizar materiales de terceros (artículos 149 y 151 de la LFDA).

Después vendrá un periodo de 15 días hábiles en el que el titular de derechos debe pedir la intervención del juez para que se inicie el control judicial respecto a la supuesta infracción.

  1. El contenido en disputa seguirá fuera del alcance de los ciudadanos durante esas tres semanas o incluso durante el proceso judicial.
  2. Si es un contenido de índole política, como una manifestación en la vía pública o la crítica a un político corrupto, su alcance y repercusión social pueden verse seriamente disminuidos.
  3. Puede llegarse al extremo de que la crítica de un producto o servicio comerciales sea considerada ilegítima por los titulares de derechos y que éstos exijan retirarla por un supuesto uso ilegítimo.

Un gran problema de notice and takedown es que obliga a retirar el contenido —así sea temporalmente— sin que exista certeza jurídica de que su uso fue legal o ilegal, provocando censura previa.

Sobre takedown (retirada inmediata)

Los defensores de notice and takedown consideran la velocidad de retirada del contenido como algo primordial en la protección de derechos en el espacio digital, un campo de batalla enorme, dinámico y disponible en cualquier hora y lugar…

  • La divulgación ilegal de una película puede reducir el número de visitantes a una sala de cine o los accesos de pago a los servicios de streaming.
  • ⚽️ La transmisión ilegítima de un partido de futbol puede reducir el beneficio legítimo de sus titulares por la venta de publicidad o de accesos de pago a su transmisión legal.

No hay manera ser expeditos en el espacio digital con la intervención humana y menos cuando los titulares de derechos utilizan sistemas automatizados para detectar contenido infractor y exigir su retirada.

24/7. ¿Es posible tener a un miles de jueces en modo SWAT para revisar cada notificación a las plataformas y determinar una medida cautelar en consecuencia?

  • El sector de la música, por ejemplo, realiza unas 50,000 solicitudes de retirada por día desde que notice and takedown entró en vigor.

Entonces se decidió legislativamente que las plataformas realicen el primer filtro con su propia tecnología.

Nadie duda de que se necesita un mecanismo de protección de la propiedad intelectual ante un uso no autorizado en plataformas digitales.

  • Quizá 114° Octies no sea lo mejor. Hay que encontrar maneras de solucionarlo.

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