Labatut les recuerda: “Como la luna en el budismo, una partícula no existe; el acto de medición la vuelve un objeto real”.

Economicón es la newsletter de privacidad y sociedad de la información de México. La escribo yo, José Soto Galindo. Bienvenidos a la edición 69°.

Entrevista en YouTube con Jonathan Mendoza Iserte, secretario de Datos Personales el Inai.

¿El Inai puede actuar contra el Buró de Crédito?

Respuesta rápida: no y sí. 

La filtración de datos personales del Buró de Crédito no puede ser investigada ni sancionada por la agencia de privacidad de México debido a un diseño institucional deficiente, pero esto no debe ser motivo para que la agencia (el Inai) quede al margen de la defensa de los derechos de las personas afectadas por el incidente.

  • Si el Inai quiere defender su bandera de “órgano garante” de la protección de datos personales, debe posicionarse y, aunque esté fuera de su competencia, actuar de manera proactiva y, sobre todo, valiente.
  • También es un asunto de branding: cuando se trata de protección de datos personales, los ciudadanos piensan primero en Profeco o Condusef que en el Inai. El asunto con Buró de Crédito es una oportunidad para “generar marca”.

Algo de contexto. Un poderoso cabildeo de la industria financiera logró excluir al Buró de Crédito y otras empresas, como Círculo de Crédito, del régimen de protección de datos personales que entró en vigor en 2010.

  • Estas empresas se rigen por leyes para el sector financiero y, cuando se trata de la información personal y financiera, les aplican las características del secreto bancario.
  • Así que el Inai técnicamente no puede actuar contra el Buró de Crédito.
  • Pero con voluntad, todo se puede.

“La única posibilidad de garantizar (el derecho a la protección de datos personales) es saltándonos la norma secundaria e interpretando la Constitución”, me dijo Jonathan Mendoza Iserte, secretario de Datos Personales el Inai. (YouTube, 3 de febrero)

Entrevista en Economicón con Jonathan Mendoza Iserte, secretario de Datos Personales del Inai, la agencia de privacidad de México.
Entrevista en Economicón con Jonathan Mendoza Iserte, secretario de Datos Personales del Inai, la agencia de privacidad de México.

Lo que propone Mendoza, responsable en el Inai de las investigaciones por violaciones al régimen de protección de datos, es que el Inai “interprete” el artículo 2° de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP) y trabaje para que la Suprema Corte la declare inconstitucional.

Porque ahora estamos en el peor de los escenarios:

  • La regulación financiera prevé pocas vías para sancionar vulneraciones a la seguridad de la información, así se trate de información tan sensible como la financiera.

Tampoco se prevén derechos de la regulación de la privacidad, como el derecho de notificación:

  • El Buró de Crédito no tiene obligación de informarnos si nuestros datos se encuentran entre la información personal filtrada.

Desconocemos:

  1. La totalidad de los datos que recaban las sociedades de información crediticia (el concepto técnico de este tipo de empresas), las transferencias y las medidas de seguridad aplicadas.
  2. Los detalles del tratamiento masivo e intensivo al que están sometidos los datos más allá de la producción y entrega de informes a quienes los solicitan conforme a la regulación financiera.

“Esta filtración es muy grave y relevante y tendrá impactos posteriores. Esto es materia prima para los ciberdelincuentes”, me dijo Mendoza Iserte. 

Filtración de datos personales y financieros de Buró de Crédito

Entrevistas en YouTube:


El Gobierno te tiene que responder si se lo pides por Twitter

La Suprema Corte de México avaló el llamado “derecho de petición” a las autoridades en redes sociales:

  • “Las peticiones formuladas a una autoridad mediante la plataforma Twitter sí encuentran protección en el artículo 8º constitucional”, concluyó la Primera Sala de la Corte. (SCJN)

Para dummies: el “derecho de petición” es un bicho extraño en la legislación que permite a los ciudadanos solicitar a funcionarios y empleados públicos desde información hasta su intervención en la proveeduría de servicios públicos.

  • Cualquier cosa que entre en la definición de “petición”, siempre y cuando ésta se realice “de manera pacífica y respetuosa”.
  • No se rían. 😂 Así dice el artículo 8° de la Constitución.

La decisión de la Corte impone 4 condiciones para que el derecho de petición sea aplicable a través de redes sociales: 

  1. Que la autoridad sea titular de la cuenta a la que se formulan las peticiones.
  2. Que la autoridad use esa cuenta como parte del ejercicio de su actuar oficial.
  3. Que existan indicios de que la autoridad usa la red social para interactuar con los ciudadanos.
  4. Que la petición sea “genuina”, “más allá de un comentario u opinión”.

¿Quieres saber más sobre el derecho de petición y la importancia de esta decisión de la Corte? Te sugiero este artículo de Hilda Nucci publicado en El Heraldo de MéxicoEl derecho de petición en redes sociales


Otras noticias

México

  • Netflix rectifica: en México todavía no bloqueará los accesos de wifis fuera del hogar. “Por un breve momento el día de ayer (31 de enero), un artículo de nuestro Centro de Ayuda que contenía información aplicable únicamente a Chile, Costa Rica y Perú apareció en el website de otros países. Ya hemos actualizado la información”, dijo un vocero de Netflix citado por Xataka. México queda fuera, pero en Chile, Costa Rica y Perú ya pronto se bloquearán los accesos a cuentas compartidas de Netflix que no compartan la misma wifi. (Xataka)
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España

Unión Europea

  • Derecho al olvido: Google debe borrar información errónea si se lo piden. Google debe borrar  de su motor de búsqueda los resultados sobre personas en Europa si las personas que lo piden pueden demostrar que la información es evidentemente errónea, de acuerdo con una regulación de la Corte de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2022. (The San Diego Union-Tribune)
    En Economicón:

Colombia

  • Un juez pide a un sistema de inteligencia artificial que le escriba la sentencia. Un juez colombiano utilizó ChatGPT, la herramienta de inteligencia artificial de moda, para dictar una sentencia en un caso de tutela de un menor de edad. “El hecho de utilizar esta y demás herramientas no hacen a un juez perezoso; la decisión sigue siendo autónoma y propia”, dijo el juez. “Esta inteligencia artificial nos ayuda a sacar sentencias muy entendibles, con buena redacción y demás”. (RT y Blu Radio)

Estados Unidos

  • Un globo espía chino unió a los desunidos estadounidenses. Para Mary Harrington, el asunto con el globo chino que sobrevoló territorio estadounidense fue una confirmación de que los ciudadanos de ese país no están tan desunidos como parece, sólo les falta la percepción de una amenaza externa en su propio territorio para saberse parte de lo mismo. (Unherd)

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