Nunca nadie ha dicho que la congruencia sea la cualidad principal de un político profesional. Y menos en un país como México, de memoria corta e ideales frágiles. Lo que antes un político podía considerar como bueno, hoy hasta el diablo le tiene miedo; lo que antes era demoniaco, hoy garantiza el desarrollo democrático. Citando […]
La idea de incluir nuestros datos biométricos en el ya muy cuestionado Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil no provino del dirigente de Morena, Mario Delgado (su promotor original), tampoco de los diputados, ni siquiera de los senadores quienes finalmente incluyeron ese requisito en la minuta, tampoco del controlador gobierno de la Cuarta Transformación. Agárrese: fue de […]
El juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió la primera suspensión provisional contra la reforma que obliga a los ciudadanos a entregar sus datos biométricos si quieren gozar de una línea de telefonía móvil. Lo hizo por dos motivos: porque considera que la reforma “podría no ser idónea ni proporcional” y porque la obligatoriedad de entregar biométricos tiene […]
El Inai, el instituto público para la protección de datos personales en México, tiene frente a sí uno de sus mayores desafíos desde que fue creado: combatir jurídicamente la reforma legislativa que obliga a crear un repositorio con los datos biométricos de todos los usuarios y titulares de líneas telefónicas móviles. El Inai está obligado […]
Google Inc. fue condenado por no tomar acciones contra el uso de la plataforma Blogger para difundir contenido que dañó los derechos patrimoniales de Ulrich Richter Morales. “Tolerar y permitir la continuidad de la publicidad y divulgación ilícita a nivel mundial de los contenidos del blog ilícito en forma injustificada, resulta ilícita y no había justificación para mantenerla en la red”, determinó la jueza Judith Cova Castillo. Google apelará la sentencia, que calificó como una amenaza a la libertad de expresión.
El pleno del Inai aprobó por unanimidad un acuerdo para litigar en contra de una reforma al Código Fiscal de la Federación que otorga al SAT facultades que podrían vulnerar la protección de datos personales de millones de contribuyentes en México.
La reforma al derecho autoral posibilita, entre otras cosas, la bajada inmediata de contenido publicado en Facebook, YouTube o Instagram que presuntamente viole derechos de autor mediante un mecanismo llamado de aviso y retirada (notice and takedown, en inglés), con el respectivo contraaviso del usuario afectado para pedir su republicación.
8 julio, 2019El presidente del Consejo de Administración de América Móvil, Carlos Slim Domit, en la inauguración del foro Mobile 360 de la GSMA en la Ciudad de México, el 4 de junio de 2019. Foto: Cortesía Telcel
Señoras y señores ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): su deber es —como ya lo hicieron con la sentencia del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la llamada tarifa cero de interconexión— devolverle al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la autonomía, la atribución y la especialidad técnica para resolver cualquier asunto regulatorio en esos sectores, incluidos los temas tarifarios.
Es una práctica esencial en una economía de libre mercado que los operadores de telecomunicaciones fijen libremente sus tarifas. Sin embargo, en 2014 los legisladores —investidos de regulador, sin investigación ni estudio previos— decidieron en el artículo 208 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que la libertad tarifaria no aplicaría a los concesionarios declarados como agentes económicos preponderantes en el sector de las telecomunicaciones o con poder sustancial, es decir, a América Móvil.
La Suprema Corte dejó sin resolver un tema de primera importancia para el combate a la corrupción en México: la posibilidad de que la autoridad judicial federal rompa el secreto bancario sin autorización judicial previa. Una decisión de la Corte en contra del secreto bancario en materia penal es indispensable para combatir la corrupción, uno […]
La Suprema Corte determinó que la aplicación de fotomultas en la Ciudad de México no viola la Constitución respecto al derecho de audiencia previa (que no le quita al ciudadano su derecho a defenderse, aunque sea de forma posterior a la imposición de la sanción) y evitó pronunciarse sobre otros asuntos relacionados con la demanda inicial: 1. que la autoridad cedió a empresas privadas labores propias de su responsabilidad administrativa, 2. que esa cesión provoca incentivos negativos que privilegian la ganancia del concesionario y 3. que el sistema no cuenta con elementos para garantizar la transparencia de la tecnología empleada (auditoría de máquinas y algoritmos). Eso tocará resolverlo a un tribunal colegiado, por lo que aún queda camino para llegar a una conclusión definitiva sobre la manera como la Ciudad de México implementó la medida.