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Un apretón a notice and takedown

La Cámara de Diputados ajustará hoy los controles a los proveedores de acceso a internet, como Totalplay, Telmex-Telcel o AT&T, y a los proveedores de servicios, como las plataformas YouTube, Instagram, Spotify o TikTok, para que bloqueen de inmediato contenido supuestamente infractor de derechos de autor, un mecanismo conocido con el anglicismo notice and takedown vigente en México desde 2020, so pena de hacerles responsables del contenido y sufrir sanciones de millonarias, de acuerdo con un artículo publicado ayer en Excélsior.

⚙️ Dame contexto. El ajuste lo pidió la presidenta Sheinbaum y exige crear el artículo 114 Nonies en la Ley Federal del Derecho de Autor para responsabilizar a un proveedor de internet o a una plataforma de un contenido infractor si no lo bloquea de inmediato y además se comprueba que fue cómplice con conocimiento de causa o que, pudiendo frenarlo, lucró con ese contenido.

Lo novedoso del 114 Nonies es la posibilidad de retirar la inmunidad de proveedores de acceso y plataformas del contenido publicado por terceros si ignoran las reglas de retirada, previstas en el artículo 114 Octies, y caen en alguno de los siguientes supuestos:

  • 🪜 Conocimiento previo. Que conozcan la infracción y aun así ayuden, motiven o faciliten que un tercero viole derechos de autor.
  • 🤑 Monetización del contenido. Que tengan el poder de frenar lo que publica un tercero y, además, ganen dinero gracias a ese contenido infractor.

La medida cancela la posibilidad de que un proveedor, digamos Totalplay de Ricardo Salinas Pliego, combata la decisión de la autoridad administrativa, digamos el IMPI, que le obligue a bloquear sitios web que permitan descargar series y películas de forma no autorizada, digamos GNula.

Que valga el cantinfleo: no se puede decir que la reforma tenga dedicatoria, pero tampoco lo contrario.

Portada de Gnula.hd el 21 de septiembre de 2026.
Portada de Gnula.hd el 21 de septiembre de 2026.

El caso de las plataformas

🤷🏻 El caso es diferente para los proveedores de servicios, la capa encima de la conexión a internet.

Si se aplicara literalmente la norma a las plataformas, se les obligaría a ejercer censura previa. Aunque lo cierto es que esta norma nunca se tomará al pie de la letra porque no es necesario en el caso de las plataformas grandes, que ya practican un mecanismo de retirada bien engrasado, sin control judicial ni administrativo previo, llamado notice and takedown, y al final se verán beneficiadas. Me explico:

No existe manera de liberar a las plataformas del segundo supuesto del 114 Nonies, la monetización, si aplicamos las nuevas interpretaciones judiciales en la Unión Europea sobre la responsabilidad de las plataformas, alcanzadas tras operar 30 años con el mismo enfoque sobre los intermediarios digitales de finales de los años noventa, pero, obvi, no estamos en Europa sino en el patio trasero de Estados Unidos.

La única manera de evitar estas conductas sería:

  1. Que las plataformas revisaran el contenido de los usuarios antes de publicarlo, o sea: con censura previa, o
  2. Que las plataformas cambiaran su modelo de negocio, algo que ni en Estados Unidos han podido hacer en su totalidad.

Cualquier contenido, el que sea, contribuye a los beneficios económicos de las plataformas, cuyo negocio es retener y revender la atención de sus consumidores a partir de la recopilación y tratamiento de sus datos personales y del contenido que publican y que las plataformas redistribuyen con criterios corporativos de propagabilidad y recirculación, o sea: engagement, o sea: algoritmos y decisiones sobre su difusión.

  • Para profundizar en esta lógica sugiero las sentencias C-188/24 y su acumulada C-190/24 de diciembre de 2025 y C-492/23 de junio de 2026 del Tribunal europeo, que replantean la responsabilidad de las plataformas: los feeds personalizados, dijo el Tribunal, son un control (diseño de algoritmos de difusión, retransmisión, prioridad y destinatario) del contenido, cuya publicación en sí misma busca el beneficio económico de la plataforma que lo hospeda, y la decisión del Tribunal Regional de Múnich I que responsabilizó a Google por las mentiras de su chatbot de inteligencia artificial en su buscador.
Notice and takedown: ¿cómo funciona la retirada de contenidos de internet? Guía de uso.
Guía de uso: ¿cómo funciona la retirada de contenidos de internet? Propuesta de reglamento, lista para entrar en vigor, de notice and takedown.

🪤 La trampa del 114 Nonies en el caso de las plataformas es que la responsabilidad solo se produce cuando la plataforma tiene conocimiento previo de la conducta lesiva y no actúa en consecuencia o cuando monetiza el contenido infractor, ineludible del modelo de negocio así sea por unos pocos segundos.

Las grandes plataformas no tendrán complicaciones para cumplir y evitar sanciones. El problema será para los competidores emergentes, que sin la tecnología adecuada estarán obligados a aplicar la censura previa: a revisar el contenido de sus consumidores antes de su publicación y, en una de esas, hasta pedir de manera anticipada certificaciones de la titularidad o la autorización del titular de derechos para la publicación del contenido.

Así, lo que podría ser un debate interesante sobre un cambio de paradigma de la responsabilidad de los intermediarios se convertirá en un mecanismo que desalentará la innovación y la creatividad y reforzará las opciones de censura en línea o, al menos, robustecerá el andamiaje para ello.


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Sobre mí

Soy José Soto Galindo, periodista. Edité El Economista en línea, fui director de Medios del Inai y tengo una Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales (UdeG), con estudios en derecho de las telecomunicaciones (UNAM) y derecho de las tecnologías de la información (ITAM). Doy clases de periodismo de datos en la Universidad de Guadalajara y de comunicación en la Universidad Iberoamericana.

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