¿Estará cantando alguien reguetón en 40 años? Yo no sé, lo que sí sé es que “Pedro Navaja” sigue sonando y es de 1978.— Rubén Blades
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Un aironazo en medio de la granizada

Actualización 1/10/2026 10:10 am. Esta versión corrige la conversión de 19,942.70 pesos a unos 1,100 dólares.
Se ha llamado ley antimemes a una porción ambigua y peligrosa de un amplio paquete de reformas penales en materia de propiedad intelectual, que castiga con prisión a quien utilice la imagen del gobierno con la intención de engañar y cometer ilícitos. Por la manera en que está redactada esa porción, se justifica el temor a que se utilice para censurar el discurso público, particularmente a través del humor, la parodia y la crítica gráficas, que satirice logotipos, tipografías o diseños gubernamentales. O sea, los memes y cartones y otras formas de la libertad de expresión, sobre todo las visuales.
El mote de ley antimemes es un acierto porque conecta con la opinión pública (sobre todo con los opinadores de X, YouTube y la radio), encuadra una parte del debate y lo vuelve concreto, tangible y notorio: ¿ahora quieren prohibir los memes?
- 💥 El problema es que ilumina solo la parte de mayor pirotecnia y oculta otros asuntos de la iniciativa o confunde con otras propuestas en materia de propiedad intelectual, como la de castigar a los proveedores de internet por el contenido de terceros o la publicación de las reglas para bloquear contenido de plataformas digitales (notice and takedown) que norman un mecanismo vigente y muy utilizado desde el año 2020.
🪮 El revuelo por los memes es apenas un aironazo en medio de la granizada: la reforma completa expande sustancialmente el catálogo de delitos penales, aumenta las penas de cárcel y eleva las multas económicas por infringir derechos de autor y de marcas, con la intención de ajustar la legislación a las exigencias del acuerdo comercial con América del Norte (el T-MEC), o sea: con la esperanza de que el gobierno de Trump nos considere socios confiables.
- 🤦🏻♂️ Spoiler. La polémica se puede evitar si la mayoría legislativa (Morena y aliados) incorpora salvaguardias explícitas para el periodismo, la investigación, la música, el teatro, la fotografía o el cine como manifestaciones concretas de la libertad de expresión. Existe todavía la oportunidad.
💩 Caricaturizar la reforma, volverla un meme de sí misma, evita que pongamos el ojo en el resto de la propuesta de cambios legales, enclaustra la discusión en posiciones polarizantes y evita que se analice con profundidad lo que está de fondo.
Contra el fraude y la estafa
🤽🏻♀️ La ley antimemes pertenece a un paquete de reformas presentado por la Presidencia de México en mayo y aprobado ayer por el Senado. Toca a la Cámara de Diputados hacer su magia del voto sincronizado para convertirlo en ley.
Sustituye el concepto “ánimo de lucro” por el criterio de “escala comercial”, que considera un impacto perjudicial significativo contra el titular de derechos y el valor de la afectación a partir de una referencia económica en pesos, llamada UMA.
- 🤑 El umbral mínimo de aplicación de los nuevos castigos, que debe demostrar la parte acusadora, es de 19,942.70 pesos (unos 1,100 dólares) con el valor de la UMA de 2026.
El paquete añade en total siete artículos al Código Penal Federal, agrupados en su mayoría en un nuevo Título Vigésimo Sexto titulado “De los Delitos en Materia de Derechos de Autor”, y seis a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; modifica 17 entre ambas legislaciones y deroga uno.
El artículo 403 Bis
El mote ley antimemes lo motivó el nuevo artículo 403 Bis de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que a la letra dice:
«Se impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de mil a diez mil unidades de medida y actualización vigente al momento en que se cometa el delito, a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o cualquier documento de carácter oficial, perteneciente a cualquier institución pública de los tres órdenes de gobierno, para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático o cualquier otra actuación atribuible a una institución pública, a través de cualquier medio».
En castellano: para configurar este nuevo delito se deben cumplir tres condiciones:
- que la conducta se realice a escala comercial,
- que exista una intención de inducir al error o engaño, y
- que esté vinculada con la intención de cometer un ilícito.

Suplantación de la identidad oficial. El 403 Bis tiene las mejores intenciones para evitar que la imagen gráfica gubernamental se utilice para cometer fraudes o causar confusiones, pero no queda duda de que su redacción ambigua será instrumentalizada por algún listillo, como ha ocurrido tantas veces con la retirada de contenido de plataformas digitales (notice and takedown) por infringir la supuesta infracción de derechos de autor.
- Otras legislaciones en el mundo castigan el uso fraudulento de símbolos de gobierno con salvaguardias explícitas que protegen la libertad de expresión siempre que en la apropiación o adaptación sea claro su propósito satírico.
La reforma pretende combatir fraudes y estafas sin las obligadas excepciones de uso legítimo, lo que abre la puerta a abusos contra el discurso público. Y si la puerta está abierta, alguien se va a meter, ¿o no, Máynez (por mencionar a uno supuestamente aliade de las libertades)?
🤡 Lo que el mote oculta
👮♂️ Veamos otras linduras que incluye el paquete de reformas aprobado ayer, no incluidas en el mote ley antimemes, que crea nuevos castigos carcelarios o aumenta los existentes hasta 10 años para quien:
- Piratería industrial. Produzca, almacene, distribuya o financie copias no autorizadas de material protegido a “escala comercial”.
- Tianguis o Frikiplazas. Venda copias de material protegido en la vía pública o en establecimientos fijos o semifijos a “escala comercial”.
- Música de fondo. Se beneficie de una interpretación artística sin derecho a hacerlo, como bares o restaurantes que no paguen a las sociedades de gestión de derechos.
- Hackeo de telecomunicaciones. Fabrique, modifique, importe, exporte, distribuya, venda o arriende aparatos o software para descifrar señales satelitales utilizadas para la difusión de contenido protegido.
- ❤️ I love PDF. Fabrique, importe, comercialice, oferte o preste servicios o tecnologías para romper candados antipiratería (conocidos como medidas tecnológicas de protección).
- Filtraciones. Divulgue, publique, comunique o distribuya obras protegidas sin la debida autorización, como grabar la peli con el celular en el cine y luego publicarla en internet, o hacerlo con anterioridad a su lanzamiento oficial.
- Los “memes”. Utilicen, reproduzcan, imiten o incorporen, “a escala comercial”, logotipos, dominios y documentos gubernamentales destinados a engañar a la población o cometer ilícitos.
Contempla sanciones de hasta 1 millón 173,100 pesos (unos 65,000 dólares) y la obligación de resarcir el daño con una reparación económica mínima de 40% del precio de venta al público del producto legítimo hasta un máximo de 5 millones 865,500 pesos (unos 320,000 dólares).
Como se ve, la redacción de la ley antimemes expande el abanico de mecanismos de censura contra la crítica, o peor: de autocensura, que es la más dañina, pero tiene solución.
¿Cómo solucionar la ley antimemes?
Está bien fácil. Deben hacer los siguientes cambios al paquete de reformas:
- Crear salvaguardias explícitas para la libertad de expresión. Ya lo dije: la redacción del artículo 403 Bis debe explicitar la exención de los usos legítimos de la identidad gráfica gubernamental en el periodismo, el arte, la sátira, la crítica política, la creación de memes y la difusión de información de interés público.
- Garantizar el principio de taxatividad (precisión legal). La ley debe encuadrar con claridad las conductas sancionadas para que cualquier persona pueda distinguir una infracción de una expresión permitida.
- Aplicar el principio de proporcionalidad. Se debe limitar que la reforma recurra a sanciones carcelarias (penas corporales) e incorpore alternativas menos restrictivas antes de aplicar el derecho penal a los casos en los que una conducta puede justificarse como ejercicio de la libertad de expresión.
El aironazo. La Cámara de Diputados tiene la oportunidad de eliminar las ambigüedades aprobadas por el Senado y diseñar un mecanismo que proteja la identidad del gobierno al mismo tiempo que garantiza la libertad de expresión.
Es bien fácil si realmente la intención es proteger la propiedad intelectual, evitar los fraudes y las estafas y garantizar el ejercicio de derechos fundamentales.
- Entrados en gastos. Una contrariedad similar tiene la ley de datos personales, que no hace explícita la protección especial del contenido periodístico como forma de la libertad de expresión cuando usa información personal en sus productos mediáticos, lo que hace que la agencia de privacidad aplique sus protocolos contra empresas periodísticas en caso de denuncia cuando la vía idónea para defender el patrimonio moral de las personas son los regímenes civil o administrativo, nunca el de protección de datos.
⛈️ La granizada. Queda claro que las negociaciones de México con Estados Unidos para sostener el T-MEC, el acuerdo comercial de América del Norte, están exigiendo ajustes rápidos en múltiples sectores, como el de la propiedad intelectual. Se entiende.
Lo que no tiene discusión es que los derechos humanos, como la libertad de expresión, están por encima de cualquier cosa.
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Sobre mí
Soy José Soto Galindo, periodista. Edité El Economista en línea, fui director de Medios del Inai y tengo una Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales (UdeG), con estudios en derecho de las telecomunicaciones (UNAM) y derecho de las tecnologías de la información (ITAM). Doy clases de periodismo de datos en la Universidad de Guadalajara y de comunicación en la Universidad Iberoamericana.
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