We kill people based on metadata.— Michael Hayden, ex director de la CIA y de la NSA

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La secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez (sentada), durante la captura de sus datos biométricos para su CURP, en abril de 2026. Foto: Félix Arturo Arce https://x.com/R2D2ARCE/status/2043870863900991707/photo/2
La secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez (sentada), durante la captura de sus datos biométricos para su CURP, en abril de 2026. Foto: Félix Arturo Arce

El derecho a la protección de datos personales se queda corto frente a los desafíos que plantea la recolección de datos biométricos por parte del gobierno, lo que hace urgente estirar ese derecho hacia una “soberanía digital personal”, dice una tesis aislada publicada el viernes por el Poder Judicial de México (Tesis: I.20o.A.56 A (12a.)).

La tendencia del gobierno a recopilar datos biométricos amenaza el derecho a la autodeterminación informativa (a controlar la información personal que circula sobre nosotros) y evidencia lo encorsetado de las herramientas jurídicas vigentes, dice la tesis.

  • 🫆 Los datos biométricos son identificadores únicos e irrepetibles de cada persona: nadie comparte las mismas características del rostro (geometría facial), del iris de los ojos o de las huellas dactilares.
  • Y nadie puede cambiarse esas cualidades como lo haría con otros datos personales como el nombre, la dirección o el número telefónico.

😱 ¿Por qué es importante? La tesis reconoce que el uso de datos biométricos por el gobierno puede propiciar una vigilancia sin precedentes con efectos adversos o inhibitorios en la intimidad, la vida privada, la seguridad y la integridad.

  • La vigilancia masiva del gobierno —dicho de otra manera— atrofia la democracia porque la gente, al saberse observada, deja de protestar, de reunirse o de actuar libremente.

Es una llamada de atención a los legisladores, que siguen construyendo nuevos pisos normativos sobre un edificio legal que se quedó obsoleto desde mucho antes de la irrupción de la inteligencia artificial generativa.

🤱🏻 La justificación. El emisor de la tesis, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, explicó así el concebimiento del nuevo derecho:

“Las amenazas, los riesgos, las vulnerabilidades y las fragilidades que puede ocasionar la indebida solución de los desafíos técnicos, dilemas éticos y retos jurídicos intrínsecos a la biometría llevada a cabo por autoridades y las repercusiones que puede ocasionar el monitoreo biométrico en el libre ejercicio de varios derechos humanos, especialmente en el entorno económico actual que posibilita una vigilancia sin precedentes, son factores que exceden los alcances de la autodeterminación informativa como herramienta analítica y disminuyen su potencial para salvaguardar la intimidad, la vida privada de las personas, su seguridad y su integridad.

“Lo anterior, porque la explotación de datos biométricos, por su naturaleza única e inmutable, sigue una dinámica tan distinta que exige una protección más amplia, renovada y reforzada que no se agote en la aplicación de disposiciones administrativas vinculadas casi exclusivamente con el ejercicio de derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) y que, en cambio, articule un control personal o colectivo efectivo sobre la propia identidad (biológica y comportamental) y en todo tipo de espacios (físicos y digitales) a fin de abordar y superar riesgos para los que la privacidad y sus garantías originales no fueron concebidas.

“Por lo que ante la biometría y sus impactos negativos es indispensable reconceptualizar la privacidad como un derecho humano emergente a la soberanía digital personal”.

En cristiano: la soberanía digital personal es el derecho humano emergente que garantiza un control efectivo, personal o colectivo sobre la propia identidad biológica y comportamental en espacios físicos y digitales, para limitar los riesgos del uso de la biometría por las autoridades.

¿Y cómo se ejerce la soberanía digital personalAhí está el detalle, dirá el clásico.

  1. La soberanía digital personal es un derecho creado por los tribunales sin existencia en las normas legislativas ni manual de aplicación.
  2. No es de aplicación obligatoria (vinculante), sino un criterio orientador para inspirar a otros juzgadores. Es una guía para adoptar conceptos que no están explícitos en la Constitución.
  3. Sirve a otros ciudadanos en contra de la CURP biométrica u otras medidas administrativas que exigen datos biométricos para decirle al juez: “Mira, un tribunal federal ya analizó esto y concluyó que la biometría viola mi soberanía digital”. Si se invoca la tesis, el juzgador tiene la obligación de estudiarla.

✊🏻 Aunque la tesis no tenga ni dientes ni agarre todavía, es una promesa de poder para los ciudadanos frente a la vigilancia del Estado en la era digital. Al reconocer la soberanía digital personal, los tribunales nos entregan un nuevo escudo de vanguardia para defender nuestra identidad biológica e inmutable.

  • El nuevo contrato social digital. La tesis da carta de nacimiento a lo que algunos académicos llaman el personalismo de datos (data personalism) para afirmar que nuestros datos personales son “emanaciones de la persona cargadas de derechos y conectadas con la autonomía, la igualdad y la dignidad”.

Al hablar de una soberanía digital personal frente a la CURP biométrica, la tesis considera que el rostro, las huellas o el iris de las personas son extensiones inmutables de la persona que ningún marco administrativo tradicional alcanza a proteger.

  • Y si los datos biométricos emanan del individuo y comprometen su autonomía, el control sobre ellos debe ser un derecho humano irrenunciable.

Acá puedes leer la Tesis: I.20o.A.56 A (12a.), titulada: “Derecho humano a la privacidad, en su vertiente de autodeterminación informativa. Es necesario reconceptualizarlo como soberanía digital personal ante los nuevos desafíos técnicos, dilemas éticos y retos jurídicos que implica la biometría llevada a cabo por autoridades”.


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Sobre mí

Soy José Soto Galindo, periodista. Fui director de Medios del Inai, edité El Economista en línea y tengo una Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales, con estudios en derecho de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información. Doy clases de periodismo de datos en la Universidad de Guadalajara.

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