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Seguridad por diseño, sin privacidad y con censura

La presidenta Sheinbaum, el 2 de octubre. Foto: Presidencia de la República https://www.youtube.com/watch?v=qw0-bp5FOFE
Sheinbaum, el 2 de octubre. Foto: Presidencia de la República

El decreto de la presidenta Sheinbaum que regula el contenido de plataformas digitales que inciten a la violencia, al abuso o al acoso contra menores es un buen paso para garantizar entornos digitales más seguros para niñas, niños y adolescentes. También reduce la privacidad de todos los usuarios y genera censura de contenido legítimo.

Se agradece el enfoque de regular en lugar de prohibir, como ocurre en Australia, Brasil, China y pronto Reino Unido, pero el decreto de Sheinbaum se excede al exigir la identificación de todos los usuarios y la eliminación de cuentas o contenidos sin supervisión judicial como solución.

🌶️ Falta evidencia en México que confirme que el contenido que circula en las redes sociales contribuye decisivamente a educar en la violencia.

  • El contenido en redes y otras plataformas puede ser un factor, aunque no necesariamente su causa, y parece más clara la pedagogía de la violencia, el odio y el abuso que se vive en los hogares y en las calles legitimada por la impunidad y la injusticia, en la que participan políticos, autoridades civiles y militares y otros criminales profesionales.

👏🏼 Abordemos primero lo positivo:

  1. Control de contenidos para menores. Prohíbe a las plataformas mostrar o recomendar contenido a menores de edad, especialmente fotos y videos, que fomente el acoso, el abuso, la violencia sexual o la pornografía; el odio, el extremismo, la violencia o la apología de delitos, y el daño personal, como el suicidio, las autolesiones (lastimarse a sí mismo) o los trastornos alimenticios.
  2. 🐰 Seguridad por diseño para menores. Obliga a las plataformas a evaluar funcionalidades dañinas, como los algoritmos de recomendación y personalización de contenido, y a activar por defecto las configuraciones de privacidad y seguridad más estrictas disponibles. También obliga a ofrecer mecanismos de supervisión parental y de denuncia de contenido infractor.
  3. Acciones fuera de la pantalla. Complementa las reglas de diseño tecnológico con estrategias institucionales para brindar orientación y apoyo psicológico a los menores de edad, como el servicio telefónico Línea de la Vida y la campaña ABC de las Emociones para el cuidado de la salud mental, y la formación de habilidades socioemocionales y de alfabetización mediática en las escuelas.

El decreto se publicó el 14 de octubre. Las plataformas tienen 30 días naturales para cumplirlo.

  • 🖊️ Lo firman la presidenta, el jefe del Ejército, el jefe de la Policía federal, los secretarios de Educación y de Salud y el titular de la Agencia Digital. En ese orden. Los expertos en leer entre líneas sabrán si es una lista de prioridades o una declaración de principios.

Estas medidas administrativas se parecen un poco al acuerdo extrajudicial de Meta (propietaria de Facebook, Instagram, Threads y WhatsApp) en Estados Unidos, sin considerar, igualmente, la muerte del scroll infinito ni abordar de manera explícita controles sobre la publicidad que se exhibe a menores.

  • 😢 A diferencia del acuerdo de Meta, nuestro decreto no contempla la prohibición de funcionalidades adictivas como las estadísticas de interacción (likes, views, reacciones), ni un máximo de uso diario, ni un bloqueo nocturno, ni alertas para fomentar pausas de uso conscientes.

🔪 ¿Por qué se creó el decreto? Esta decisión presidencial es la respuesta del gobierno federal a un incidente de violencia en Torreón, en el norte de México, en el que dos jóvenes de 18 años atacaron con machetes y petardos a la comunidad de una secundaria y mataron a una empleada. Las autoridades federales culparon sin pruebas a las redes sociales del extremismo de los agresores.

😈 Ahora paso a comentar los riesgos, porque, como en casi todo, el diablo está en sus detalles y aquí no son menores. Me concentraré en privacidad y libertad de expresión.

1. Identificación de todos los usuarios

🪪 Identificación universal. En menos de un mes, las redes sociales como TikTok e Instagram, los servicios de mensajería como WhatsApp y Messenger, los servicios de comercio electrónico como Mercado Libre, Amazon y Tiendanube, las plataformas de video como YouTube, Dailymotion y Twitch, las tiendas de aplicaciones como App Store y Google Play y los servicios de videojuegos en la nube como Xbox, PlayStation, Roblox y Nintendo deberán exigirte una identificación oficial, con tu nombre real y fecha de nacimiento, o se verán en la penosa necesidad de negarte el servicio.

🐨 La evidencia choca con la política regulatoria, y peor para la evidencia, dirán los abajofirmantes del decreto: 8 de cada 10 menores de edad han evadido las restricciones en Australia y siguen usando redes sociales, con sus propias cuentas, las de terceros o navegando sin iniciar sesión.

Más datos para el monstruo comedatos

La recogida masiva de información personal por parte de máquinas devoradoras de datos personales, como lo son las grandes compañías tecnológicas (las Big Tech), abre nuevos riesgos a la privacidad y a la seguridad de la información.

  • 📦 El decreto opera sobre una lógica que viola el sano y popular principio de que el dato mejor protegido es el dato no recogido.

El fin del anonimato en los servicios digitales cierra una pinza de vigilancia total en un país donde las soluciones de seguridad pública consideran sospechosa a cualquier persona hasta que demuestre lo contrario.

  • Me niego a claudicar en la defensa del anonimato como herramienta necesaria para el activismo, la lucha política y la denuncia ciudadana y como mecanismo de protección individual contra personas cuyo poder político o económico puede pulverizar al opositor.
  • El anonimato es el último refugio de la privacidad transaccional de la ciudadanía.

🌮 Aparte del celular registrado con nombre y apellido, toca el turno a los servicios digitales, en otra ampliación del modelo de vigilancia y control social vigente. México se está convirtiendo en un país de personas fichadas… por el bien de todos.

2. Censura y libertad de expresión

🪤 El decreto contiene una trampa: obliga a identificar por edad a todos los usuarios de plataformas sin que esa identificación, esa pérdida de privacidad, se corresponda con la obligada protección de contenidos legítimos. Veamos:

El decreto obliga a “identificar y retirar de forma inmediata cualquier cuenta o contenido” quelastime el bienestar de los menores y no solamente a bloquear esa cuenta o ese contenido del feed que reciben a esos menores.

La medida elimina la protección constitucional de materiales para mayores de edad como la pornografía y algunas formas de violencia, por chocantes que nos parezcan, o incluso de series y películas estúpidas de autolesiones como Jackass y similares y hasta los resultados de búsquedas específicas en Google.

  • Las imágenes violentas a veces pueden representar una forma de denuncia social para evitar que la atrocidad se repita o son elementos necesarios para el periodismo, para la presentación de evidencias o pruebas o para el debate público.

La amplitud del ordenamiento, sin especificar que esta censura solo debe aplicar para los contenidos que se muestren a menores de edad, es una limitación ilegítima de la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información y que seguramente tendrá repercusiones en la competencia electoral.

  • Es una censura que se legitima en un decreto ejecutivo, sin supervisión judicial ni correspondencia en ley.

Termino con otros tres excesos del decreto:

1. Produce una relación exclusiva entre la Presidencia y los particulares (las plataformas y sus ejecutivos), lo que obliga a estos particulares a tomar decisiones sobre el derecho humano a la libertad de expresión de sus usuarios sin que intervenga un juez.

2. Traslada a los particulares la responsabilidad de “establecer y publicar los criterios para la identificación y retiro de cuentas o contenidos”. Así, el criterio de un particular garantizará o no el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión de los usuarios de las plataformas.

3. Regular lo inabarcable. El decreto considera que las plataformas que, suponemos, sí van a cumplir lo que dice (digamos Google, YouTube, Instagram, TikTok, Amazon, con oficinas y negocios en México) son todas las que existen en la selva de internet y que son las únicas que utilizan niños y adolescentes para comunicarse, consumir contenidos y pasar el tiempo, lo que es un error, a menos que el gobierno tenga un as bajo la manga que no nos ha revelado para obligar a los proveedores de internet a bloquear el acceso a Telegram, 4chan, 8kun y, si se quiere, Truth Social y hasta Discord o Mastodon, que operan en servidores privados de los propios usuarios, por incumplir una medida administrativa que no prevé sanciones.

Concluyo. Me parece que la decisión presidencial para crear entornos digitales más seguros para niñas, niños y adolescentes es una buena medida, sobre todo si avanza en la seguridad de las plataformas desde el diseño, restringiendo no solo contenidos, sino también funcionalidades adictivas y la exhibición de publicidad dañina.

  • Es un despropósito que se obligue a identificar por edad a todos los usuarios de las plataformas cuando, además, esta pérdida desproporcionada de privacidad tampoco garantiza la protección de contenido legítimo para mayores de edad, y principalmente si existen otros mecanismos para limitar el contenido y la evidencia, así sea en Australia, demuestra que los menores encuentran mecanismos para seguir consumiendo redes sociales incluso con sus propias cuentas.

Queda claro que la expectativa razonable de privacidad en México es cada vez más un anhelo metafísico que un derecho consagrado en la Constitución. Lo mismo que la libertad de expresión, amenazada siempre por múltiples frentes.


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Sobre mí

Soy José Soto Galindo, periodista. Edité El Economista en línea, fui director de Medios del Inai y tengo una Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales (UdeG), con estudios en derecho de las telecomunicaciones (UNAM) y derecho de las tecnologías de la información (ITAM). Doy clases de periodismo de datos en la Universidad de Guadalajara y de comunicación en la Universidad Iberoamericana.

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