Rogamos y encargamos a los señores censores: no dilaten mucho las obras de los autores que se someten a su revisión (…) Hay papeles que son como los arbolillos de pólvora que hacen los coheteros, que en no estando para el día y la hora de la fiesta, se quedan con ellos y pierden su trabajo, y hay otros que en no saliendo a la luz del día que el público los espera, según los autores les previenen, pierden el crédito, y ya después, aunque salgan, tienen poca aceptación y compradores.— José Joaquín Fernández de Lizardi
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👩🏻⚖ Una sentencia en el limbo

Los abogados de Rappi en Argentina lograron algo que ni políticos ni legisladores habían conseguido: convertir a los repartidores de Rappi en empleados con plenos derechos en lugar de trabajadores autónomos sin relación laboral con esta empresa de entregas a domicilio.
Un fallo judicial contra Rappi en la Provincia de Buenos Aires ajustó las reglas del juego de los trabajadores de las plataformas de reparto de comida a domicilio (delivery), aunque su aplicación está en un limbo, como te contaré más abajo.
¿Qué pasó? La Suprema Corte de Buenos Aires confirmó una sentencia de un tribunal de trabajo contra Rappi que determinó que:
- 🛵 Los repartidores de Rappi no son trabajadores autónomos ni emprendedores independientes, sino empleados con derecho a un salario mínimo, horario de trabajo, vacaciones pagadas, aguinaldo, protección contra el despido arbitrario y derecho a sindicalización.
- Los repartidores de Rappi son empleados en condiciones de subordinación económica y técnica, pues realizan actividades bajo las órdenes de un jefe en una organización jerárquica.
Los tiempos siderales de los tribunales hizo que este caso iniciado durante la pandemia de Covid-19 se resolviera cuando la política en Argentina ha cambiado radicalmente.
🦁 El presidente Javier Milei creó un nuevo marco legal para las relaciones laborales que de manera explícita impide que los trabajadores de plataformas de delivery y de taxi por aplicación sean considerados trabajadores subordinados.
La nueva Ley de Modernización Laboral (Ley 27802) los considera “prestadores independientes” con unos cuantos derechos:
- A rechazar un servicio o elegir su medio de transporte.
- A elegir los días y horas de trabajo y desconectarse de vez en cuando.
- A contar con un mecanismo de solución de controversias.
- A prestar sus servicios a diferentes plataformas.
- Y párale de contar.
La vieja ley no contemplaba las relaciones contractuales en modelos de negocio de empresas como Rappi, PedidosYa o Uber, lo que dejaba espacio para un fallo como el de la Corte bonaerense contra Rappi.
✋🏼 Será la Corte Suprema de la Nación la que determine la legalidad de la reforma de Milei, en una controversia que ya se volvió un quilombo.
Una defensa para llorar
¿Cómo lograron los abogados de Rappi poner en semejantes aprietos a la compañía que debían proteger? Haciendo una de las peores defensas corporativas para una compañía insignia de la economía digital de América Latina.
- 🏢 Los abogados no se enteraron —o no quisieron enterarse— de los avisos enviados a los domicilios de Rappi que les invitaban a pelear contra las inspecciones de la autoridad laboral. Perdieron la oportunidad de defenderse en tiempo y forma.
- Los abogados aportaron pruebas extemporáneas: ofrecieron elementos que no correspondían a las respectivas etapas del juicio y presentaron defensas inadecuadas para cada momento. “(El) ofrecimiento (de nuevas pruebas) en sede extraordinaria se encuentra expresamente vedado”, se lee en la sentencia, por ejemplo.
- Los abogados creyeron que los juzgadores iban a aplicar principios como el de iura novit curia, que dice que el juez conoce el derecho y, por tanto, no es necesario citar normas en un litigio, o el mexicanísimo suplencia de la queja, que permite al juez corregir errores o completar omisiones de la defensa.Los jueces pensaron diferente: “Esta Suprema Corte no puede suplir de oficio la omisión de las citas legales que debieron efectuarse por la parte interesada”, recordaron a los abogados de Rappi.
- 🙈 El colmo: los abogados transcribieron parrafadas de sus demandas previas “lejos de desarrollar una crítica frontal y eficaz de las motivaciones desarrolladas en la sentencia (impugnada)”, se lee en el fallo. “Tal método refleja la insuficiencia del recurso a la luz de conocida jurisprudencia de esta Suprema Corte”, remata.
🔮 A pesar del descalabro judicial, el tiempo jugó a favor de Rappi.
La ley de Milei promete un régimen laboral que evitará que Rappi asuma las obligaciones contractuales del viejo marco legal, confirmadas por la sentencia provincial en su contra.
Rappi tiene dos opciones en este limbo:
- Aplicar el fallo y otorgar plenos derechos laborales a sus repartidores —un estatus que podría tener una vida efímera si la Corte Suprema nacional avala la reforma de Milei.
- Evitar su aplicación en espera de que la Corte Suprema dicte la última palabra.
🍐 En lo que son peras o son manzanas, el Ministerio del Trabajo de la provincia podría mantener el pulso contra Rappi con nuevas inspecciones en la vía pública a los motoqueros con sus canastitas de reparto.
- Esta policía laboral está al mando del gobernador izquierdista Axel Kicillof, quien ya anunció medidas administrativas para potenciar un fallo judicial que robustece su oposición a Milei.
😅 Así que lo único claro en esta historia es que los abogados de Rappi hicieron una defensa para llorar.
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Sobre mí
Soy José Soto Galindo, periodista. Fui director de Medios del Inai, edité El Economista en línea y tengo una Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales, con estudios en derecho de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información. Doy clases de periodismo de datos en la Universidad de Guadalajara.
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