Soy tan libre como el hombre cuando fue creado por la Naturaleza,/ antes que se establecieran las bases para las leyes de la servidumbre,/ cuando el salvaje noble corría libre por los bosques.— John Dryden, La conquista de Granada

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Identidad digital y personas desaparecidas

Módulo para tramitar la CURP biométrica durante la Feria de Afores 2025, en el centro de la Ciudad de México, en una imagen del 5 de agosto. Crédito: X / Félix Arturo Arce Vargas (al centro, de corbata a rayas) https://x.com/R2D2ARCE/status/1952548333953941776
Módulo para tramitar la CURP biométrica durante la Feria de Afores 2025, en el centro de la Ciudad de México, en una imagen del 5 de agosto. Crédito: X / Félix Arturo Arce Vargas (al centro, de corbata a rayas)

México estrenará un registro de identidad digital administrado por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación de México.

El Gobierno publicó el jueves las reglas para crear y operar la nueva Plataforma Única de Identidad, que inaugura el mecanismo de identidad digital con la CURP biométrica en el centro.

La Plataforma permitirá acreditar, registrar, consultar, verificar, validar y autenticar en tiempo real la identidad de las personas por medios digitales y sistemas automatizados.

  • 🔎 También se utilizará para la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas: 100,000 hombres y 30,000 mujeres, según los registros más actuales de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas.

🔑 ¿Y eso con qué se come? El nuevo modelo de vigilancia y control social de México convierte a la CURP en la llave maestra para obtener servicios públicos y privados.

  • 💊 Con esteroides. La CURP es un registro de población alfanumérico enriquecido con retrato y huellas dactilares de la persona a la que identifica.
Artículo 91 Sexties de la Ley General de Población, sobre la obligatoriedad de pedir la CURP biométrica en la prestación de trámites y servicios públicos y privados. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGP.pdf
Artículo 91 Sexties de la Ley General de Población, sobre la obligatoriedad de pedir la CURP biométrica en la prestación de trámites y servicios públicos y privados.

Esta Clave Única de Registro de Población (CURP) es un documento de identificación personal de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, de acuerdo con las reformas de julio de 2025.

  • Cualquier organización pública o privada que necesite validar la identidad de una persona deberá solicitarle la CURP para ofrecerle trámites o servicios.

🔐 ¿Y la Plataforma para qué sirve? La Plataforma Única de Identidad servirá para gestionar las CURP y operar el Sistema Nacional de Identificación Personal.

Artículo 91 Bis de la Ley General de Población, sobre la obligatoriedad de la CURP biométrica como documento nacional de identificación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGP.pdf
Artículo 91 Bis de la Ley General de Población, sobre la obligatoriedad de la CURP biométrica como documento nacional de identificación.

Personas desaparecidas

Algunas autoridades (ver más abajo) podrán consultar o solicitar en la Plataforma Única de Identidad un montón de información básica y sensible de las personas en caso de un aviso de desaparición o no localización.

  • De fuentes públicas: datos que tiene el gobierno en sus archivos, como registros de vehículos y matrículas (placas), biométricos y de salud, expedientes mercantiles, empresariales, de bienes raíces y catastrales, fiscales, de permisos de armas, de condenas judiciales…
  • 🔬 De fuentes privadas: datos financieros, de transporte, salud física y mental, telecomunicaciones, educación, asistencia privada, paquetería y servicios de entrega, registros patronales y de seguridad social, religiosos, los establecimientos residenciales de atención a las adicciones… (Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas).

Permiso para entrar

👮🏽 Las autoridades que pueden consultar la información de la Plataforma Única de Identidad son:

  1. La Fiscalía General de la República.
  2. Las Fiscalías de los estados.
  3. La Comisión Nacional de Búsqueda de Personas.
  4. Las Comisiones Locales de Búsqueda de Personas.

Los lineamientos publicados el jueves insisten en que las consultas que realicen estas autoridades son exclusivamente para fines “de búsqueda, localización e investigación de personas reportadas como desaparecidas o no localizadas”.

El acceso a la Plataforma contará con mecanismos de trazabilidad para registrar quién consultó, qué, cuándo y qué hizo con la información consultada.

  • Advierten de sanciones administrativas en caso de violación de las normas o de transferencias indebidas.

Obligan a notificar de manera inmediata al Registro Nacional de Población en caso de vulneraciones de seguridad, como hackeos o filtraciones de datos personales.

  • No contemplan la notificación a los titulares de los datos, como tú y como yo, aunque la ley de protección de datos personales para el sector público sí lo exige.

La Plataforma en acción

Vicente Peredo Vázquez, flanqueado por Isabel Davara y Miguel Calderón, de la ICC, el 13 de noviembre en la Ciudad de México. Foto: JSG
Vicente Peredo Vázquez, flanqueado por Isabel Davara y Miguel Calderón, de la ICC, el 13 de noviembre en la Ciudad de México. Foto: JSG

Vicente Peredo Vázquez, supervisor federal de datos personales, explicó lo siguiente respecto al uso de la Plataforma para la búsqueda de personas durante una charla con miembros de la ICC México el 13 de noviembre pasado:

¿Cómo va a operar esto? Se da el aviso de que hay una persona desaparecida y la llave de entrada de este procedimiento es la CURP, la que tenemos ahorita, ni siquiera es la biométrica, ahorita nada más con nuestra CURP. Con eso se da aviso.

¿Y qué es lo que hace ahí Renapo [el acrónimo de Registro Nacional de Población]? Lo que hacen Renapo y la Agencia [de Transformación Digital y Telecomunicaciones] es, dicen: “Oye, desapareció esta persona, búscamela”. Y eso le dicen a todos, todas las personas particulares y dependencias del sector público que tienen o pudieran tener información.

Y lo que hacen es, pum, se busca la información y, ¡ah!, el banco encontró que con la tarjeta de crédito de esta persona se hizo un retiro en el cajero tal. ¡Ah! Se encontró que tomó un Uber en tal parte la última vez que supimos que esto… ¡Ah! Tomó un avión en Tijuana y se pagó aquí y acá.

Esa información se regresa. La toma Renapo y se la pasa a la fiscalía, ya sea federal o locales, para que hagan lo conducente. Pero no hay una gran base de datos. Ese dato específico de esta persona pasa, no se almacena, no se queda, sino pasa directamente a la fiscalía, ya sea la federal o alguna de las locales que haya solicitado la información. No hay una gran base de datos.

Desconozco si el Renapo realizó la evaluación de impacto a la privacidad que exige la ley de datos para el sector público cuando se quiere aplicar sistemas o tecnologías que realicen un tratamiento intensivo o relevante de datos personales.

Sobre este mecanismo de prevención, el maestro Peredo Vázquez explicó sin especificar un caso concreto:

Tú sabes que por ley, la ley del sector público establece que cuando haya una nueva normatividad o un nuevo tratamiento de datos de forma masiva y sensible, se tiene que hacer una evaluación de impacto. Y esa evaluación de impacto se hace para verificar que se cumpla con los principios y los deberes en materia de protección de datos.

Si bien es cierto que al final del día este ejercicio no es vinculante, nosotros sí hacemos recomendaciones bastante estrictas y severas, para que en caso de que haya alguna vulneración, nosotros digamos: “Yo te lo dije, yo te advertí y tengo que sancionarte, porque sí había una vulneración patente y clara. O sea, caíste”.

Y ese ejercicio lo hacemos con cualquier dependencia del gobierno que tenga un nuevo tratamiento o una modificación de un tratamiento masivo y sensible de datos.

Así las cosas. La identidad digital se pondrá en práctica en los próximos días, lo mismo que el nuevo instrumento para la búsqueda de personas.

🤔 Si eso es bueno o malo dependerá de que las reglas se cumplan con ética y al pie de la letra, de que haya sanciones contra los infractores y de que los ciudadanos podamos vigilar y exigir cuentas sobre una Plataforma que de por sí representa un riesgo gigantesco a nuestra privacidad.

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Sobre mí

Soy José Soto Galindo, periodista. Escribo Economicón. Fui director de Medios del Inai. Edité El Economista en línea. Soy maestro en Transparencia y Protección de Datos Personales, con estudios en derecho de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información. He dado clases en el ITESO, la Carlos Septién, la Anáhuac Oaxaca y la Universidad de Guadalajara.

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