Banco Famsa: un juez ordena guardar dinero para cliente afectado
José Soto Galindo
9 marzo, 2021El IPAB, la institución asignada para realizar el proceso de liquidación del Banco Ahorro Famsa, deberá crear una reserva de dinero para garantizar la devolución de los ahorros de un cliente afectado por el cierre del banco. La reserva será por el excedente no cubierto por el seguro para ahorradores, topado a 400,000 unidades de inversión (udis) o 2 millones 578,066.40 pesos a la fecha del cierre del banco por insolvencia.
Esta fue una decisión del juez Édgar Ulises Rentería Cabañez, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en Nuevo León, que ordenó una suspensión provisional en la liquidación del Banco Famsa para proteger los derechos del demandante. Pero no se hagan ilusiones: la protección sólo alcanza para esa persona que acudió con Rentería Cabañez, pues las resoluciones en el juicio de amparo por lo general sólo tienen efectos particulares.
Posiblemente el juez Rentería Cabañez tiene una mayor sensibilidad con los ahorradores de Banco Famsa —y en general con los clientes de la cadena minorista Famsa— por su condición de vecino de Monterrey, de donde es originario el grupo comercial emproblemado.
Ya había contado aquí, en agosto de 2020, cómo algunos jueces de distrito se han negado a tramitar las demandas de amparo de algunos de los aproximadamente 2,440 clientes con ahorros superiores a las 400,000 udis (los que estaban por debajo de ese monto sólo tienen que pasar a las ventanillas del IPAB y acreditarse como ahorradores para recibir sus fondos, como parte del proceso de liquidación).
Estos clientes son los que más recursos tenían ahorrados en Famsa y son los que más van a sufrir. Los tratan como si tuvieran la lepra. El orden jurídico también los menosprecia, pues para recuperar el dinero excedente al seguro del IPAB (Instituto para la Protección al Ahorro Bancario) la ley los pone al final de la fila para cobrar, lo que significa que sus fondos serán utilizados como si fuera patrimonio del banco para pagarle a los acreedores prioritarios —incluida la oficina de recaudación de impuestos, el SAT.
Por eso es relevante el criterio del juez Rentería Cabañez. Es un letrado que no tuvo miedo de abordar el tema y presentar una postura judicial (los procesos de liquidación bancaria son engorrosos y muy técnicos). Y, por si fuera poco, otorgó la suspensión para evitar la ejecución de un acto de imposible o difícil reparación: que concluya el proceso de liquidación de Famsa y que los ahorradores se queden con los bolsillos vacíos, simples testigos de cómo su dinero fue utilizado para pagar las deudas creadas por los administradores de Famsa.
Banco Ahorro Famsa perdió su licencia de operación como institución de banca múltiple el 30 de junio de 2020, en plena pandemia, debido a que sus accionistas se hicieron préstamos a sí mismos por encima del capital con el que contaba el banco. La autoridad conocía de los problemas financieros de Famsa desde marzo de 2019 y se limitó a contemplar cómo se inflaba la burbuja hasta reventar. Para sumar incertidumbres, el IPAB no ha actualizado desde octubre de 2020 el informe sobre los avances en el proceso de liquidación del banco.
Que se utilicen los ahorros de los clientes de Famsa para el pago a acreedores será aceptar que el dinero confiado a las instituciones de la banca múltiple puede —en un proceso de liquidación derivado de una mala gestión administrativa— utilizarse como patrimonio propio del banco, cuando fue captado como parte de un servicio financiero diseñado para captar recursos del público para ofrecerlos al público y no a unos accionistas privados.
Será, pues, como avalar un robo en despoblado. Y después de Famsa, todos estaremos expuestos.
Este artículo se publicó en El Economista el 7 de marzo de 2021.
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