Sede del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en la Ciudad de México. Foto: IFT

La neutralidad de la red es un principio de no discriminación del tráfico de datos en Internet. El término fue acuñado en 2003 por el investigador Tim Wu. Consiste en que los proveedores de servicios de Internet traten el tráfico de datos por igual, sin discriminar y sin cobrar al usuario de manera diferente según el contenido, página web, plataforma, aplicación, tipo de equipamiento utilizado para el acceso o modo de comunicación.

Sin embargo, en sus lineamientos sobre gestión de tráfico y administración de la red puestos a consulta pública, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pretende que una autoridad competente, no especificada, limite, degrade, restrinja, discrimine, obstruya, interfiera, filtre o bloquee contenidos, aplicaciones o servicios a los usuarios finales de Internet sin garantizar previamente la libertad de expresión como fundamento de la neutralidad de la red.

Llama la atención que el organismo constitucional autónomo, encargado de tutelar derechos fundamentales, siga omitiendo en sus normas y lineamientos regulatorios el mandato de la Carta Magna en materia de derechos humanos de 2011, que dice que:

“todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

Así como al IFT se le “olvida” incorporar en sus lineamientos de neutralidad de la red la obligación de respetar y garantizar la libertad de expresión de quienes proveen aplicaciones, contenidos y servicios que dan sentido y valor a la red de redes, y quienes gestionan el tráfico, sí pone especial cuidado en precisar que se restringirá el acceso a esos mismos servicios, contenidos y aplicaciones “a petición expresa de autoridad competente”.

Al no garantizar la libertad de expresión y el derecho de acceso a las TIC e Internet como principios básicos de la neutralidad de la red, los usuarios corremos el riesgo (pero también los proveedores de Internet y todos quienes generan contenidos y aplicaciones en línea) de que el gobierno limite o censure contenidos, plataformas, apps, sitios web y cualquier contenido que circule a través de la red.

En sus lineamientos de neutralidad de la red el IFT no tiene la precaución de especificar cuál es esa “autoridad competente” a cuya petición los operadores que proveen el servicio de Internet deberán limitar o bloquear el tráfico en la red. ¿La Secretaría de Gobernación, la Fiscalía General de la República, el propio IFT, la Secretaría de Hacienda, la Presidencia de la República, el Ejército? El IFT ni siquiera se preocupa por precisar que la “autoridad competente” exhibirá una orden judicial antes de pedir expresamente una restricción al tráfico en Internet, como sí ocurre en la reglamentación de la neutralidad de la red en Europa.

Esta “omisión” respecto de la autoridad competente introduce incertidumbre a los operadores de telecomunicaciones, los desarrolladores de contenidos, aplicaciones y a todos los usuarios de la red.

La libertad de expresión es inviolable incluso en Internet. Este derecho no puede restringirse por ningún tipo de control oficial o tecnologías encaminadas a impedir la transmisión de las ideas y opiniones que circulan en la red a través de contenidos, aplicaciones y servicios, como pretenden los lineamientos de neutralidad de la red del IFT en su propuesta de redacción actual. Ningún lineamiento ni autoridad puede coartar la libertad de difusión. Los únicos límites a la libertad de expresión los establece la Constitución en su artículo sexto, cuando se ataque a la moral, la vida privada, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.

Sería útil que el regulador incorpore la salvaguarda de los derechos humanos, la garantía de la libertad de expresión y estos límites constitucionales en sus lineamientos de neutralidad de la red para dotar de certidumbre el tráfico en Internet y su administración.

La neutralidad de la red surgió para proteger a los usuarios de Internet de malas prácticas comerciales y de gestión de red discriminatoria de los operadores. La neutralidad de la red busca prohibir el bloqueo, interferencia, discriminación, entorpecimiento y restricción arbitrarios de las actividades de los usuarios de Internet por parte de los proveedores de servicio. También busca impedir la ralentización de aplicaciones y la priorización de tráfico pagada. El objetivo de la neutralidad de la red es que Internet no sea dividida en carreteras de vía rápida para quienes puedan pagar más, y en carriles lentos para quienes no lo hagan.

Sin embargo, con base en los lineamientos del IFT, los usuarios ya no sólo corremos el riesgo de que los operadores gestionen el tráfico en función de sus acuerdos comerciales; además, debemos cuidarnos de que a petición expresa la “autoridad competente” no bloquee contenidos, aplicaciones y/o servicios.

En Estados Unidos y el resto del mundo la neutralidad de la red es un asunto comercial, de calidad de la red, de velocidad no diferenciada, de libre acceso a contenidos, de innovación y de asegurar las inversiones para que las redes sigan desplegándose; pero en México adquiere un componente político porque el principal riesgo ya no son los proveedores de servicios de Internet, sino la “autoridad competente”.

Apostilla. La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) propone que el examen de conocimientos del Comité de Evaluación para seleccionar aspirantes al Pleno del IFT incluya temas sociales sobre los sectores de radiodifusión, telecomunicaciones e Internet, y no sólo temas de derecho, economía e ingeniería (https://bit.ly/350ilT8).

La Amedi sostiene que se requieren reguladores paritarios, incluyentes, diversos e interdisciplinarios, con una mirada técnica, jurídica y económica, pero también de otras ciencias y disciplinas como la comunicación, que puedan dialogar, enriquecer las deliberaciones y enfrentar los desafíos de la radiodifusión, las telecomunicaciones y el universo de Internet. Es curioso que el regulador de las comunicaciones nunca haya tenido especialistas en comunicación entre sus comisionados.

La neutralidad de la red es un buen ejemplo de la advertencia de la Amedi de visión limitada de la regulación. Excede lo jurídico, económico y técnico y desborda de implicaciones políticas y sociales. Por eso la Amedi remata que “los marcos legislativos y regulatorios actuales, así como los diseños institucionales, no están preparados para enfrentar las implicaciones económicas, jurídicas y técnicas —pero tampoco sociales, culturales y emocionales— de las nuevas tecnologías”. Ser censor y no garante de los derechos fundamentales y las libertades demuestra la visión tradicional, temerosa y desfasada de la regulación en el universo de Internet.

Jorge Bravo es presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).

Twitter: @beltmondi

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