Ilustración original de Nayelly Tenorio
Ilustración original de Nayelly Tenorio

Nuestros órganos autónomos son encabezados por seres humanos falibles, con distintos criterios y contextos, con distintas historias de vida y objetivos personales y profesionales. Pero las fotografías que sus decisiones producen en conjunto terminan igual: cuando se trata de población indígena, los órganos autónomos aplican todo el peso de la ley; cuando se trata de corporaciones privadas, aplican muchos, muchos derechos humanos. Qué curiosos.

Las semanas recientes nos han ofrecido dos estampas de lo mismo. Al indígena o al ciudadano común, la fuerza del Estado, la ley inquebrantable; al poderoso, el beneficio de una dulce justicia. (Quizá sea porque ya trabajamos para el poderoso o porque el poderoso nos ofrecerá trabajo cuando dejemos el gobierno, pero esto es pura especulación mía).

Revisemos los dos casos. Primero, el de los indígenas.

El INE (Instituto Nacional Electoral) obligó hace unas semanas a una radiodifusora indígena, cuya comunidad pertenece a las etnias háhuat y totonaca del Norte de Puebla y de Veracruz, a transmitir los spots de los partidos políticos con propaganda electoral y de un sistema de gobernanza y gestión política y social diferente a sus tradiciones y su cosmovisión. 

El órgano autónomo electoral —días antes de la salida de Lorenzo Córdova Vianello, célebremente famoso, entre otras cosas, por la filtración de una llamada telefónica en la que se burlaba cruelmente de un representante indígena— decidió cumplir al pie de la letra las obligaciones que le impone la ley y que le impiden, además, exentar a ningún concesionario de radio de la transmisión de la propaganda electoral.

La ley es la ley, dijeron desde el INE, y determinaron que Radio Tosepan tiene que cumplir.

A pesar de la buena fe de Radio Tosepan Limakxtum, la radiodifusora en conflicto con el INE, para encontrar un punto de acuerdo con la autoridad electoral, como admitió el consejero Martín Faz Mora en la sesión del 27 de febrero pasado: la radiodifusora “no se está negando a la retransmisión de los tiempos del Estado, sino a los mensajes de los partidos políticos”.

A pesar de lo que dice la Constitución sobre las comunidades indígenas y su derecho a la autodeterminación, a pesar de los criterios judiciales de la Suprema Corte en el mismo sentido.

Pasemos al segundo caso, el contraste total de nuestros órganos autónomos, contrapeso y garantes del Estado de derecho. Revisemos la justicia para las corporaciones privadas.

El IFT (Instituto Federal de Telecomunicaciones) le perdonó a AT&T una sanción de por lo menos 432 millones de pesos por negarse a entregar a tiempo información solicitada en investigaciones de secuestro y crimen organizado en nueve ocasiones, en casos en los que pudieron estar en riesgo la vida y la integridad de las personas víctimas de delitos investigados por autoridades ministeriales.

El IFT interpretó la ley y, antes de que el asunto se fuera a los tribunales para determinar si esa ley que debía aplicarse al pie de la letra es excesiva o no, el propio IFT, más papista que el Papa, aplicó el principio pro persona, que sugiere buscar la decisión de autoridad que más favorezca a la persona y a sus derechos humanos, y en lugar de sancionar con 432 millones decidió hacerlo por apenas 4 millones de pesos, en beneficio de los derechos humanos de la corporación privada de origen estadounidense AT&T.

El IFT nos robó una decisión judicial de máxima importancia y creó un cajón de sastre en el que cualquier conducta ilegal de una corporación de telecomunicaciones puede ser sancionada por la menor cuantía alegando principios pro persona.

Son curiosos nuestros órganos autónomos. Pero es bueno tenerlos: mantienen el estado de las cosas conforme a la posición que a cada uno le tocó en este México. 

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