Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta de Inai, durante la sesión del pleno de este martes 22 de diciembre. Imagen tomada de la transmisión en vivo de la sesión del pleno del Inai.

El pleno del Inai aprobó por unanimidad un acuerdo para litigar en contra de una reforma al Código Fiscal de la Federación que otorga al SAT facultades que podrían vulnerar la protección de datos personales de millones de contribuyentes en México.

El Inai pedirá a la Suprema Corte que anule una reciente reforma al Código Fiscal de la Federación que permite a la oficina de recaudación de impuestos de México, el SAT, lucrar con los datos personales de los contribuyentes al ofrecer un servicio de verificación de identidad para terceros.

Al mediodía de este martes, el pleno del Inai aprobó la presentación de una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte contra la reforma al artículo 17-F del Código Fiscal de la Federación y delegó la tarea en la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que tiene 30 días naturales a partir de publicada la reforma en el Diario Oficial de la Federación, lo que ya ocurrió el 8 de diciembre pasado.

Como parte de la llamada miscelánea fiscal para 2021, el entramado de leyes que determina las obligaciones fiscales de los ciudadanos, el Congreso de la Unión aceptó una propuesta del SAT (Servicio de Administración Tributaria) que le permite diseñar y ofrecer a terceros —privados o públicos— un servicio de verificación de la identidad utilizando los datos biométricos de los contribuyentes que se encuentran bajo su resguardo.

Este nuevo servicio multiplica los riesgos para la protección de los datos personales de los contribuyentes, al exponerlos a un tratamiento de mayor intensidad para el que fueron originalmente recabados. Según el SAT, su “inventario” disponible de explotación se compone de 100 millones de huellas dactilares, 20 millones de iris y 15 millones de rostros de los contribuyentes.

Un mal tratamiento de esta información de carácter personal, una vulneración o un incidente de seguridad puede poner en riesgo datos susceptibles de utilizarse para la suplantación de identidad y la ejecución de otros delitos con gran impacto en los derechos morales y patrimoniales de los contribuyentes.

Los servicios de verificación de la identidad de los ciudadanos, dijo durante la sesión Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta del Inai, forman una temática trascendente y prioritaria en la agenda del Inai. Estos servicios, dijo, deben realizarse con estricto apego al marco normativo.

Vulneración de derechos fundamentales

La reforma al Código Fiscal de la Federación adiciona el artículo 17-F que le permite al SAT 1. confirmar con sus bases de datos que el certificado de una firma electrónica avanzada es legítimo y 2. verificar la identidad de los usuarios de esa firma, que es de tramitación obligada para el cumplimiento fiscal en México.

La redacción del 17-F es la siguiente: “Los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas, así como el de la verificación de identidad de los usuarios. Los requisitos para otorgar la prestación de dicho servicio se establecerán mediante reglas de carácter general que emita dicho órgano administrativo desconcentrado”.

Pero el SAT no tiene el consentimiento de los titulares de la información personal bajo su resguardo para dar el nuevo tratamiento que pretende, como obliga la ley de protección de datos personales, además de que sus atribuciones legales sólo le permiten certificar la autenticidad de firma electrónica avanzada y no de identidad de ciudadanos.

Para obtener esta segunda atribución y ejercer el servicio que aspira, sin violar derechos fundamentales previstos en la Constitución, es necesaria por lo menos una reforma a la Ley General de Población que le confiera permisos como los que tiene INE desde 1992 para validar la identidad ciudadana a partir de la credencial para votar.

Con el acuerdo aprobado por unanimidad por su pleno, el Inai considera que la reforma que permite al SAT lucrar con los datos personales y biométricos de los contribuyentes es inconstitucional y realizará todo lo posible jurídicamente por impedir que se ejecute.

Este artículo se publicó en El Economista el 22 de diciembre de 2020.

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