Imagen publicitaria de Cornershop, tomada de su página de Facebook: CornershopApp
Imagen publicitaria de Cornershop, tomada de su página de Facebook: CornershopApp

La secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, prepara una iniciativa de ley para regular laboralmente plataformas como DiDi, Uber, Rappi y otras más de la economía colaborativa. Se reúne con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pero no se ponen de acuerdo porque no terminan de comprender la economía digital, la tecnología, los nuevos modelos de negocio y tienen miedo de modificar los encorsetados marcos jurídicos pensados para una realidad distinta a la digital.

El objetivo de la autoridad es que las plataformas de Internet reconozcan a conductores y repartidores como sus trabajadores bajo el esquema de subordinación y un régimen obligatorio, pero también existen motivaciones políticas detrás de la iniciativa.

Que de un plumazo se sumen 500,000 personas a las estadísticas de nuevos empleos en México, a favor de la 4T, después de la enorme pérdida de empleos durante la pandemia.

De lo que no se percatan es que fueron precisamente las plataformas colaborativas las que generaron oportunidades de ingresos durante el confinamiento, promovieron pequeñas y medianas empresas y contribuyeron a las economías locales mediante el sostenimiento de negocios familiares o restaurantes. Todo ello, sin una política laboral, sólo permitiendo la operación de plataformas y la intermediación de la oferta y la demanda con ellas.

Las autoridades del trabajo y la seguridad social en México buscan sumarse a otros países en su intento por regular las aplicaciones de movilidad y entrega de alimentos, pero ha habido experiencias fallidas, como la Ley Rider en España: en lugar de que la subordinación beneficiara, provocó que 10,000 repartidores se quedaran sin oportunidades de generar ingresos y la empresa Deliveroo abandonó el mercado incluso antes de que la ley entrara en vigor. Los repartidores contratados reciben menos ingresos que cuando se desempeñaban de forma autónoma.

La secretaria Alcalde concedió declaraciones anticipadas a Bloomberg, cuando habrá mesas de negociación entre el gobierno y las plataformas por encontrar una regulación consensuada que otorgue seguridad social a colaboradores, pero no destruya el modelo de negocio de las plataformas.

La secretaria adelantó que “habría una obligación por parte de las empresas de incorporar a los trabajadores al IMSS y brindarles protección de seguridad social”. Pero la posición más dura es precisamente la del IMSS.

Para la institución de seguridad social, las plataformas son igual que cualquier otro patrón. El régimen de cotización es el obligatorio y no hay más. Las plataformas deben dar de alta ante el IMSS a los colaboradores desde que se registran en la app y cotizar, aun cuando no trabajen, se desconecten de la aplicación durante días y no generen ingresos.

Lo peor es que si una persona decide trabajar para más de una plataforma (como ocurre en muchos casos), el costo de la seguridad social no se reparte entre las empresas, sino que cada una debe cotizar. Claramente, no existe voluntad de comprender que se trata de un esquema laboral diferente en todos sentidos a lo previsto en las leyes del Trabajo y el IMSS.

Palabra clave: subordinación

El principal tema en la negociación radica en la subordinación. La autoridad quiere forzarla, pero las plataformas consideran que no es necesaria porque altera o hasta destruye el modelo de negocio, pero sobre todo porque la mayoría de los conductores y repartidores tampoco la quieren.

Una institución independiente y especializada como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reconoce en el estudio Perspectivas sociales y del empleo en el mundo. El papel de las plataformas digitales en la transformación del mundo del trabajo, que “los dos principales factores de motivación para trabajar en plataformas son la posibilidad de obtener ingresos complementarios y la preferencia o necesidad de trabajar desde casa o de gozar de flexibilidad horaria”.

La preferencia o la necesidad de trabajar desde casa o la flexibilidad laboral “es especialmente significativa para las mujeres”, recalca el documento de Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Representantes de organizaciones como Ni Un Repartidor Menos y Ni Una Repartidora Menos advierten que “necesitamos mantener un modelo flexible que nos permita trabajar a las horas que queramos, donde queramos y para tantas plataformas como queramos”. Estas organizaciones de repartidora(e)s denuncian a gremios como la Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación (UNTA) que “sólo buscan ganar dinero a costa de cuotas sindicales que los repartidores y conductores tendríamos que pagar”.

Tanto la Secretaría del Trabajo como el IMSS deben escuchar a quienes dudan que el esquema subordinado les favorezca realmente en sus requerimientos para generar oportunidades de ingresos.

Resulta atractivo políticamente obligar a las plataformas a que reconozcan que conductores y repartidores son sus empleados, los registren ante el IMSS y comiencen a cotizar.

Sin embargo, las autoridades del trabajo y el IMSS no terminan de comprender el modelo de negocio y el cambio de paradigma que significa transitar de una regulación y ley del trabajo pensada bajo el modelo de la revolución industrial y la búsqueda de empleos permanentes y subordinados a un único patrón, a un modelo de la revolución digital habilitado por las tecnologías, nuevos modelos de negocio flexibles, innovación y complementario en la generación de ingresos.

Por más que las autoridades intenten regular las plataformas con normas laborales anquilosadas al siglo XX, es innegable que la relación entre plataformas, repartidores y conductores es distinta a la tradicional. Ese debería ser el primer reconocimiento a la hora de regularlas con un molde oxidado.

La flexibilidad más importante de las plataformas no sólo radica en las posibilidades de conductores, repartidores y usuarios de conectarse en cualquier momento y lugar a través de un smartphone, en las tarifas, las modalidades de viaje o los tiempos de conexión, sino en la rápida adaptación de las plataformas a los cambios en el mercado.

La tecnología sirve para entender la diversidad y no para homogeneizar las relaciones laborales. Las TIC independizaron a los trabajadores de las relaciones subordinadas. La colaboración en plataformas requiere una regulación distinta y adecuada, que permita la realización de estas actividades de forma productiva, eficiente, equitativa y rentable para todas las partes, adecuándose a las necesidades y la realidad del nuevo mundo del trabajo en el mundo digital.

La secretaria Alcalde tiene la obligación de escuchar y la oportunidad de diseñar una legislación realmente moderna y volverse un referente internacional. La Ley Rider tuvo buenas intenciones y pésimas repercusiones. Hay dos alternativas: generar certidumbre y oportunidades de ingresos mediante nuevas empresas digitales, o expulsar a conductores y repartidores de las plataformas porque dejaron de ser atractivas y negarles el sustento par sus familias. No son tiempos de especular.

Jorge Bravo es presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).

Twitter: @beltmondi

Comentarios

economicon