Ilustración original de Nayelly Tenorio.

Distintos analistas han criticado que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio prioridad a un asunto de presupuesto sobre la violación de derechos fundamentales en su decisión de combatir en la Suprema Corte la creación del padrón de usuarios de telefonía móvil con datos biométricos. Pueden tener razón: ¿quién explícitamente pondría al dinero como algo más importante que los derechos de los ciudadanos? Lo destacable es que el IFT dio señales de vida e impugnará el padrón. Digamos que es una controversia útil, robando la idea electoral del voto útil: no importa como sea, pero que sea.

La decisión del IFT de priorizar el dinero responde a dos condiciones en un contexto de debilidad institucional de ese organismo. Primera, a la apuesta del IFT en el éxito que puede tener su argumento de que la reforma legislativa que crea el padrón afecta su autonomía constitucional para la toma de decisiones y su funcionamiento. El nuevo mandato legislativo obliga al IFT a modificar sus planes de trabajo y a destinar presupuesto para activar el padrón, un presupuesto, según se ha dicho desde el IFT, insuficiente y que pondría en la congeladora otras acciones del instituto: 109,864,672 pesos para la instalación del padrón y 88,584,701 pesos para su mantenimiento anual. El presupuesto del IFT en 2021 es de 1,510 millones de pesos.

Segunda condición: entre los comisionados del IFT se encuentran algunos impulsores del padrón con datos biométricos, posiblemente arrepentidos ante la abrumadora oposición ciudadana. Denunciar públicamente afectaciones a los derechos fundamentales cuando tú fuiste quien propuso afectar derechos fundamentales suena poco congruente. Algunos dirían que es como escupir para arriba.

El comisionado del IFT Sóstenes Díaz González conspiró con el diputado Mario Delgado Carrillo en el diseño del padrón con datos biométricos. A Díaz González lo acompañaron en la iniciativa, hoy repudiada, los comisionados Arturo Robles RovaloRamiro Camacho CastilloJavier Juárez Mojica y Mario Germán Fromow Rangel (hoy excomisionado).

Todos —con excepción del comisionado presidente Adolfo Cuevas Teja— estuvieron de acuerdo en la creación del padrón e incluso ofrecieron a los legisladores de Morena, el partido del presidente Andrés Manuel López Obrador, “una propuesta de redacción y funcionamiento del Registro de Usuarios de Telefonía Móvil”, según la comunicación IFT/212/CGVI/0587/2020 enviada al diputado Víctor Manuel Pérez Díaz, presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Diputados, por órdenes de Díaz González.

El 13 de abril, el Congreso aprobó una reforma a la ley de telecomunicaciones que obliga a los ciudadanos a entregar datos biométricos como condición para contar con una línea de telefonía móvil. Estos datos biométricos, no definidos por la reforma, pueden ser las huellas digitales, la forma del iris de los ojos o las características del rostro. Una filtración de este tipo de datos personales, únicos para cada persona, puede poner en riesgo seriamente el patrimonio moral y económico de sus titulares.

Los legisladores, capitaneados por el diputado Mario Delgado Carrillo y el senador Ricardo Monreal Ávila, operadores de López Obrador en el Poder Legislativo, consideraron que un mayor control sobre la identidad de los usuarios de telefonía móvil puede ser una herramienta efectiva para la investigación y persecución de delitos. Hay 126 millones de líneas móviles activas en México. Tras la reforma, todos sus usuarios somos sospechosos.

El IFT pudo priorizar en su comunicación pública del 12 de mayo, cuando su pleno decidió presentar la controversia constitucional, las afectaciones a los derechos descritos en los artículos 6º y 7º de la Constitución sobre el acceso a los servicios de telecomunicaciones de los ciudadanos. No lo hizo, optó por el dinero. Pero a estas alturas lo que importa es el milagro: el IFT está vivo y logró, a pesar de las diferencias entre sus comisionados, un acuerdo por unanimidad para repudiar el padrón. En paralelo corren los amparos de ciudadanos inconformes con el padrón y la acción de inconstitucionalidad del Inai, el instituto de protección de datos personales. La del IFT, en todo caso, es una controversia útil y si funciona habrá que celebrarla.

Este artículo se publicó en El Economista el 23 de mayo de 2021.

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