Campaña política "Traidores a la patria", para señalar a los legisladores que votaron en contra de la propuesta de reforma constitucional en materia eléctrica promovida por Morena y el presidente López Obrador.
Campaña política «Traidores a la patria», para señalar a los legisladores que votaron en contra de la propuesta de reforma constitucional en materia eléctrica promovida por Morena y el presidente López Obrador.

El Inai se equivocó. La autoridad de datos personales ordenó sanciones contra Morena, el partido del presidente López Obrador, por realizar un supuesto tratamiento ilegítimo de información personal de los diputados de oposición en la campaña “Traidores a la Patria”.

  • Pero Morena ni sus principales dirigentes —Mario Delgado, Citlalli Hernández e Ignacio Mier— son culpables de lo que se les acusa.
  • El Inai ha creado un precedente de censura a la libertad de expresión de los partidos políticos desde el régimen de protección de datos personales.

Lo que Morena hizo fue difundir información falsa y malintencionada como parte de la campaña “Traidores a la Patria”, en la que se mostraban nombres, retratos y filiación política de los diputados de oposición que votaron contra la reforma eléctrica de López Obrador.

¿Por qué importa? El Inai sienta un precedente negativo sobre libertad de expresión, una materia que corresponde a la administración de justicia civil o penal y, tratándose de controversias político-electorales, al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral.

  • El Inai juzga sobre un tema ajeno a sus competencias —la veracidad del discurso político— e impone restricciones a presidentes, gobernadores, legisladores, regidores, miembros de partidos y funcionarios públicos para nombrar e identificar a rivales políticos.

Las comisionados del Inai Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena, la secretaria del pleno, y los comisionados Francisco Javier Acuña Llamas y Adrián Alcalá Méndez durante la sesión del 27 de septiembre de 2022. Foto: Inai
Las comisionados del Inai Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena, la secretaria del pleno, y los comisionados Francisco Javier Acuña Llamas y Adrián Alcalá Méndez durante la sesión del 27 de septiembre de 2022. Foto: Inai

El Inai hizo una argumentación forzada para acreditar a Morena un tratamiento ilegítimo de datos personales basado en la responsabilidad del partido de conducirse con estricto apego a toda normativa vigente en México.

El segundo punto de la argumentación es que Morena acusa a los opositores de un delito que no ha sido probado por autoridad competente: traición a la patria, que se castiga hasta con 40 años de prisión.

El colmo: el Inai no pudo acreditar que Morena haya diseñado y financiado la campaña “Traidores a la Patria”; sólo pudo acreditar la participación del partido y de sus dirigentes como difusores de los resultados.

Mario Delgado, Citlalli Hernández e Ignacio Mier, miembros de Morena.
Mario Delgado, Citlalli Hernández e Ignacio Mier, miembros de Morena.

La decisión fue tomada el martes 27 de septiembre por mayoría de los 5 comisionados del pleno, con un voto disidente, y coloca al Inai en ámbitos de competencia que no le corresponden:

  • libertad de expresión
  • discurso político
  • regulación electoral

Los datos personales presuntamente vulnerados —nombres, retratos y filiación política de los diputados— son datos públicos de funcionarios en ejercicio, una publicidad obligada por las leyes de transparencia para información ciudadana.

  • Según el Inai, Morena alteró esas finalidades de publicidad, se convirtió en un responsable del tratamiento de datos personales e incumplió con distintos principios de la ley de datos personales.

Los funcionarios públicos tienen una esfera de privacidad reducida y los ciudadanos, incluidos los representantes de partidos, tienen el derecho de ejercer formas de participación político-electoral para influir en las decisiones y en el discurso públicos.

  • Determinar la veracidad del mensaje político electoral y, en su caso, imponer sanciones es responsabilidad de las autoridades electorales, no del Inai.

El Inai ha limitado ese ejercicio, imprescindible en una democracia viva y participativa, con el pretexto forzado de la protección de datos personales de los diputados de oposición.

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