Lecciones no aprendidas del fracaso de Famsa y Accendo. Ilustración original de Nayelly Tenorio

El cierre de los bancos Famsa y Accendo es un granadazo a la confianza del sistema bancario de México y un recordatorio de que no hicimos los cambios urgentes para proteger de mejor manera a los clientes afectados. Hace 15 meses había 52 bancos en México. Hoy hay 50 y poco más de 2,500 personas reclamando la devolución total de sus depósitos bancarios. Los bancos no están vacunados a los vaivenes de la economía ni a las malas prácticas de sus accionistas. Sus quiebras son más que la historia de empresarios que fracasaron: son afectaciones patrimoniales para quienes confiaron en esas instituciones, familias afectadas por las decisiones de terceros y por una regulación inadecuada que los deja en la indefensión.

No aprendimos las lecciones del cierre de Famsa y la liquidación del banco Accendo nos agarró, otra vez, con los dedos en la puerta. Accendo era un banco de nicho que apenas en 2019 fue nombrado el mejor banco fintech de México (está claro: el que paga sale en todas las fotos que desee). La licencia de operación de Accendo fue revocada el 28 de septiembre por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); cinco semanas antes, Javier Reyes de la Campa, director general y presidente del Consejo de Administración de Accendo Banco, se entrevistaba con periodistas para hablar de la eficiencia y la calidad de su empresa.

La realidad era que las finanzas del banco se encontraban en deterioro desde hacía mucho tiempo; su índice de capitalización (Icap) estaba debajo del mínimo requerido por la autoridad desde abril de 2021. Como con Banco Famsa un año antes, Accendo iba a naufragar y nadie alertó a los clientes para actuar en consecuencia: una inmoralidad por todas partes, de autoridades y responsables del banco. 

Estamos a tiempo de reformar las leyes y construir un andamiaje de mayor protección para los usuarios de los servicios financieros de los bancos que quedan, porque el fracaso de Famsa y Accendo no es sólo la ruptura de estos bancos con sus clientes, sino un daño sobre la confianza para el sistema financiero en su conjunto. 

1. Primera lección: revocación de licencia

La revocación de licencia no debe ser la única opción frente a un banco con problemas. La revocación corta de súbito un servicio y cancela derechos económicos, en un contexto en que los servicios financieros son indispensables para la participación en la economía digital. Imaginen pasar la pandemia sin la posibilidad del comercio electrónico, sin la posibilidad de pedir la farmacia a domicilio, sin poder domiciliar pagos recurrentes como las facturas de gas o de energía eléctrica. Si no me creen, pregunten a los clientes de Famsa. Todos estamos expuestos.

“Las autoridades tienen mucha culpa de esto. No está bien que avises un día antes de que un banco está en focos rojos. No dan un aviso al público ahorrador”, me dijo Flavio Núñez, un cliente afectado por el cierre de Banco Famsa. “Nadie tenemos espías ni tenemos quien nos dé información privilegiada sobre si un banco está siendo revisado y de que está en riesgo. De la noche a la mañana les quitan la licencia, pero la CNBV tiene la facultad de intervenir un banco y tomar las riendas, auditar al banco en operación y si hay malos manejos que procedan contra los culpables, pero sin quitarle la licencia”, dijo. 

Después de la quiebra de Famsa, desaprovechamos la oportunidad de construir un nuevo modelo donde la revocación de licencia sea la última opción para solucionar un problema de capitalización de los bancos provocado por administradores y accionistas de los bancos. Deben existir rutas menos lesivas para los ahorradores, como la asignación por parte de la autoridad financiera de un interventor temporal para salvar al banco o sanearlo antes de quebrarlo y perjudicar a los ahorradores o las transferencias de los recursos de los ahorradores a otras instituciones de crédito, para que los clientes no pierdan su acceso a los servicios financieros ni, en consecuencia, a la economía digital.

La revocación lastima a los accionistas, pero lastima más a los clientes. “Pareciera que se protege a los banqueros”, me dijo Núñez.

2. Segunda lección: seguro para ahorradores

Todos los clientes de los bancos (instituciones de crédito) cuentan con un seguro público en caso de que su banco quiebre. El problema es que ese seguro está limitado a las 400,000 unidades de inversión, conocidas por el acrónimo de Udis y que son una medida económica asignada por el Banco de México y con un tipo de cambio en fluctuación constante respecto al peso. Cuando le fue revocada la licencia a Accendo, el 28 de septiembre de 2021, 400,000 Udis representaban 2.76 millones de pesos.

En los hechos, este límite significa una desprotección para los ahorradores con depósitos superiores a esa cifra. Significa que en caso de quiebra los ahorradores sólo podrán recuperar su dinero hasta las 400,000 Udis. ¿Qué pasa con el resto del dinero depositado por cliente? Pues que el responsable de liquidar el banco, a partir del cálculo de sus activos y pasivos, utilizará ese dinero como parte del patrimonio del banco para pagar las deudas del banco. Así como lo oyen.

Los clientes de Famsa con depósitos superiores al monto de ese seguro llevan 15 meses peleando en tribunales y es poco probable que vayan a recuperar su dinero. Por eso algunos clientes sugieren a otros ahorradores desconfiar de la banca y dejar su dinero en casa. “Para todos los ahorradores en general, los que aún no han sido afectados por el cierre de bancos, les recomendaría que guarden su dinero en el colchón”, me dijo María Esther Mayén, otra afectada de Famsa.

Reformar las leyes

El senador Ovidio Salvador Peralta, representante del estado de Tabasco por Morena, el partido del presidente López Obrador, presentó una iniciativa de reforma en noviembre de 2020 para crecer la cobertura del seguro para ahorradores, un seguro que administra el IPAB (Instituto de Protección al Ahorro Bancario). La iniciativa contempla aumentar la cobertura desde las 400,000 Udis hasta las 700,000 Udis, de los 2.76 millones de pesos de hoy a 4.85 millones.

No parece una mala cifra, considerando que se reduciría muchísimo el número de ahorradores comunes y corrientes que cuentan con esa cantidad de dinero en depósitos bancarios y, por lo tanto, la posibilidad de ciudadanos sería menor. Pero sigue siendo una cobertura insuficiente: las leyes tienen que proteger a todos sus ciudadanos y en ningún caso crear categorías de desprotección a partir de características económicas. 

“Este modelo es sólo un maquillaje inútil. Deberá incluirse una disposición en la que se señale que el patrimonio del banco es diferente del dinero que el banco opera como mercancía. Esto es, del dinero afecto al servicio público de banca y crédito”, me dijo un abogado que me pidió no publicar su nombre. Los bancos son instituciones que ofrecen un servicio público dedicado a la captación (recibir depósitos de los ciudadanos) y colocación de dinero (prestar dinero a través de figuras como el crédito) del público y entre el público. El dinero que recibe una institución de banca no es del banco, sino para operar un servicio solicitado por el público. 

“El dinero que capta del público es para colocarlo en el público. Tiene ese origen y ese destino. No hay motivo alguno para que se mezcle ni se confunda con el dinero que es propio y patrimonio del banco. Por tanto, debería incluirse una disposición en la que se haga esa distinción. Es inconstitucional que se mezclen y confundan ambos dineros y resulta en un grave peligro de fraude para los ahorradores esa confusión, porque al final su dinero se usa para pagar pasivos propios del patrimonio del banco. No sólo es absurdo, sino fraudulento. También es causa de responsabilidad de quien legisló por haber incluido una disposición tan dañina”, me dijo este abogado.

3. Tercera lección: el orden de prelación o el orden de pago de las deudas

Cuando se revoca la licencia de un banco, los ahorradores con depósitos superiores al seguro para ahorradores de 400,000 Udis quedan en el limbo. Los abogados pueden asegurarles mil cosas en la asesoría jurídica, pero en los hechos será poco lo que van a lograr. Digamos que podrían conseguir una sentencia a su favor que condene al banco a pagarles la cantidad restante, ¿pero con qué dinero? 

La Ley de Instituciones de Crédito (LIC) contempla un orden de prelación para el pago a personas físicas y morales afectadas por el cierre de un banco. Es el orden que define quién está primero en la lista y quién después. Los ahorradores con depósitos superiores a las 400,000 Udis están en la última posición de la lista, como personas de cuarta o quinta categoría. Su dinero se utilizará para pagar a todos los acreedores del banco primero que a ellos, comenzando por los empleados del banco y el pago de créditos preferenciales. Si algo de dinero queda, estos clientes posiblemente recuperen algo de sus ahorros.

La iniciativa de reforma del senador Peralta también contempla un cambio en el orden de prelación para considerar a todos los ahorradores entre los primeros lugares de recuperación de su dinero.

La propuesta de Peralta, por supuesto, se encuentra guardada en un cajón. Hay prioridades y la defensa de los clientes del sistema bancario no es una de ellas, ni para los legisladores ni para el sistema bancario. 

Es que no es un problema sistémico, es que las afectaciones son mínimas, es que el sector está sólido y bien capitalizado. Así se excusan todos para menospreciar el impacto del cierre de Famsa y de Accendo en los ciudadanos, sin considerar que su desdén incrementa la desconfianza en los bancos. Quizá quienes recomiendan el colchón como la bóveda más segura para su dinero tengan razón, ¿no lo creen?

Este artículo originalmente se publicó en El Economista el 4 de octubre de 2021.

Otros artículos sobre Banco Ahorro Famsa en Economicón:

CNBV debe indemnizar a clientes Banco Famsa, resuelve Tribunal Administrativo (1 de julio, 2022)

Advertencia: no ahorre más de 400,000 udis en un banco (18 de abril, 2022)

Lecciones del fracaso de Banco Famsa y Accendo Banco (7 de noviembre, 2021)

Consejos de los clientes de Famsa para los clientes de Accendo (7 de noviembre, 2021)

Banco Famsa: un juzgado ordena pagar 980,000 pesos a clienta afectada (19 de marzo, 2021)

Banco Famsa: 17 decisiones judiciales a favor de apenas 0.7% de clientes (12 de marzo, 2021)

Banco Famsa: un juez ordena guardar dinero para cliente afectado (9 de marzo, 2021)

Triste Navidad para los clientes de Banco Famsa (26 de diciembre, 2020)

Ni dinero ni justicia para los clientes de Banco Famsa (4 de agosto, 2020)

Banco Famsa: daños y perjuicios (21 de julio, 2020)

Publicidad engañosa de Banco Famsa (17 de julio, 2020)

Suscríbete a mi newsletter sobre privacidad y sociedad de la información: economía digital, comercio electrónico, periodismo. La publico cada martes a las 6am.

Puedes darte de baja en cualquier momento dando clic en el enlace de cancelación de suscripción de mis correos electrónicos.
Acá, mi aviso de privacidad y el de Mailchimp (Intuit), el servicio que uso para el envío de newsletters.

Comentarios

economicon