Obligada por decisiones judiciales, la Secretaría de Energía publicó dos acuerdos en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que significan una vuelta de 180 grados en su intención de crear un nuevo marco reglamentario en materia de energía. Las publicaciones se realizaron el 3 de marzo y el 4 de marzo, en una semana difícil apareciendo en la gaceta pública de México.

La primera publicación de Energía en el DOF, el 3 de marzo pasado, fue la notificación que le exigió el juez Juan Pablo Gómez Fierro para dar a conocer a todos los importadores de petrolíferos e hidrocarburos de la suspensión definitiva de las reglas que Energía, en conjunto con la Secretaría de Economía, publicó el 26 de diciembre de 2020.

La publicación de este acuerdo llegó con dos días de retraso, pero finalmente Energía y Economía, secretarías que debían cumplir a más tardar el 1 de marzo, ejecutaron la instrucción del juez y ahora van a esperar la sentencia definitiva en un juicio de amparo contra las reglas de diciembre, que modificaban las obligaciones de los importadores de petrolíferos e hidrocarburos.

La posibilidad de no publicar la notificación exigida por el titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa con especialización en competencia económica representaba un veto disfrazado, una acción de diferimiento de un mecanismo de protección de la justicia federal que debía hacerse extensiva a todos los participantes del mercado, algo infrecuente en el juicio de amparo.

La segunda publicación ocurrió el jueves 4 de marzo y es la más contundente, pues la instrucción no la dio un juez de distrito, sino la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir de la resolución de una acción de controversia constitucional presentada por la Cofece (Comisión Federal de Competencia Económica) contra la política de despacho eléctrico publicada por la Secretaría de Energía el 15 de mayo de 2020.

Esta segunda publicación de Energía en el DOF es la notificación de un expediente que, como se dice en el argot jurídico, ha causado estado: ha llegado hasta la última instancia de resolución de controversias y ha recibido una sentencia.

Ni en las personas ni en las instituciones es fácil admitir errores y tampoco tener que cambiar las decisiones propias por obligación de alguien más, en este caso por decisiones judiciales, pero hacerlo es parte del ejercicio de la democracia.

Este artículo se publicó en El Economista el 8 de marzo de 2021.

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