El juez Juan Pablo Gómez Fierro lo volvió a hacer: emitió un nuevo fallo que altera otra vez los planes de política energética del Gobierno federal. Esta vez ordenó la suspensión definitiva de las reglas para los importadores de petrolíferos e hidrocarburos emitidas el 26 diciembre de 2020. La sentencia es poco común en los juicios de amparo: otorga la protección a la persona quejosa —la que pidió el amparo de la justicia federal contra dichas reglas— y ordena que la misma protección se haga extensiva a los demás regulados del sector, aunque éstos no la hayan pedido.

“De otorgar una medida cautelar con efectos concretos para la quejosa, este Juzgado de Distrito no sólo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes del sector, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es precisamente lo que esta medida cautelar busca evitar”, resolvió Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa con especialización en competencia económica.

Pero el mecanismo de universalidad solicitado por el juez puede utilizarse como un veto disfrazado: la protección generalizada ocurrirá sólo a partir de que las secretarías de Economía y de Energía, responsables de hacer cumplir la sentencia, realicen un aviso en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a manera de notificación para todos los participantes del mercado.

La fecha límite para hacer el aviso se cumple este lunes 1 de marzo. A la hora en que se publicó esta opinión estaba por verse si Economía y Energía cumplían o esperaban la presión de los agentes económicos o del propio juez —que no tiene obligación de dar seguimiento al tema—. En los hechos, retrasar la notificación es un veto de facto, a pesar de que el incumplimiento abra las puertas a sanciones económicas o penas carcelarias, como advierte la sentencia.

El acuerdo que contenía las reglas suspendidas, publicado en conjunto por las secretarías de Economía y Energía, deroga todo el andamiaje regulatorio en materia de importación y exportación creado tras la gran reforma del sector energético de 2013. Economía y Energía intentan un apretón de tuercas, pero el juez Gómez Fierro les ha puesto un alto: las nuevas reglas, dijo en su sentencia del 22 de febrero, no pueden alterar las condiciones de los permisos que estaban vigentes antes de su publicación.

El Gobierno federal ha seguido dos rutas para la nueva regulación en materia energética: la primera la ha trazado mediante acuerdos en el Diario Oficial de la Federación de las secretarías y organismos involucrados con la gestión del sector. La segunda ruta ha sido por la vía de las reformas legislativas, como la que acaba de aprobar la Cámara de Diputados en materia eléctrica. Esta reforma fue solicitada por el presidente López Obrador, quien además exigió textualmente que no se le moviera ni una coma a su redacción.

La ruta legislativa es un trazo de reciente creación: la iniciativa de López Obrador arrancó su viaje el 1 de febrero, así que todavía faltan algunos meses para ver sus efectos en tribunales. La ruta más accidentada, en cambio, es la de los acuerdos en el DOF, pues se ha intentado modificar el marco regulatorio desde las oficinas del Poder Ejecutivo, cuando buena parte corresponde a leyes diseñadas por el Poder Legislativo, incluida la Constitución. El Poder Judicial —desde la Suprema Corte, los tribunales colegiados y los jueces de distrito— ha tenido que intervenir para poner un poco de orden.

El juez Gómez Fierro se está ganando su reputación en los pasillos de la Secretaría de Energía… y en los de la CFE que dirige Manuel Bartlett Díaz. En noviembre le leyó la cartilla a la oficina que encabeza Rocío Nahle García, al conceder un amparo y ordenar la suspensión definitiva del “Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN)” de mayo de 2020. En enero, declaró inconstitucional el aumento en las tarifas de transmisión que la CFE quería cobrar a los productores privados de electricidad.

Este lunes se cumple un plazo muy preciso impuesto por Gómez Fierro. Las secretarías de Economía y de Energía pueden aplicar un veto disfrazado —estirar el plazo antes de notificar a los regulados—, pero lo cierto es que ya estamos en un escenario de judicialización del sector energético que no tiene retorno.

Este artículo se publicó en El Economista el 28 de febrero de 2021.

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