Apagar plataformas de Internet no es lo mismo que embargar una fábrica o un negocio convencional que no ha pagado impuestos. Foto original de J F Grossen, publicada en Flickr bajo licencia CC BY-NC 2.0

La Secretaría de Hacienda quiere que las empresas y plataformas de Internet no residentes en México paguen impuestos en el país. Pero un grupo de diputados quiere sancionarlas apagándolas temporalmente si no cumplen con sus obligaciones fiscales. Lo primero ya es necesario implementarlo, en tanto que lo segundo sería un grave atentado a la libertad en Internet de los millones de usuarios que se benefician de los servicios digitales que ofrecen las plataformas.

El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 incluye una sólida argumentación a favor de que las plataformas digitales y sitios de Internet de servicios intangibles como descargas de video y música, o de intermediación como Uber o Rappi, tributen al fisco. En 2018 el comercio electrónico equivalió a 5% del PIB.

Hacienda ha sido clara al señalar que no se trata de un nuevo impuesto, sino de que comiencen a pagar el IVA y el ISR como cualquier otra empresa, bajo el principio de equidad: los contribuyentes en circunstancias similares deberían soportar una carga tributaria similar.

Sin embargo, un predictamen de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados pretendía que, si las plataformas de Internet no se registran ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y no pagan el IVA ni el ISR, entonces serían bloqueadas hasta que cumplan con sus obligaciones fiscales. Al final esta medida sancionatoria no pasó al aprobarse la llamada Miscelánea Fiscal para 2020, pero queda el precedente de que estuvo en agenda.

El apagón

El switch off, como se le denomina, es desproporcionado y atenta contra el derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

El crecimiento de la economía digital se atribuye a las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). El artículo sexto constitucional dice que “el Estado garantizará el derecho de acceso a las TIC, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet”.

Bajar el interruptor para desconectar apps y plataformas evidencia un enorme desconocimiento de los legisladores y las autoridades hacendarias de cómo funciona técnicamente Internet y las implicaciones políticas, económicas y de derechos humanos de hacerlo.

Apagar plataformas de Internet no es lo mismo que embargar una fábrica o un negocio convencional que no ha pagado impuestos. Las plataformas digitales tienen múltiples lados. Un negocio tradicional vende bienes y servicios y es sencillo establecer sus límites. Pero las materias primas de una plataforma digital o sitio de Internet son la información y los datos de los usuarios. Funcionan con tecnología, por eso pueden operar globalmente sin tener oficinas en cada país.  

  • Netflix no vende películas ni series de televisión sino un catálogo de contenidos audiovisuales al cual se accede por streaming y de cuya titularidad carece tanto la plataforma como el usuario final.
  • Uber tampoco ofrece el servicio de taxi sino la intermediación entre quien tiene un vehículo infrautilizado y quien necesita trasladarse a un destino.
  • Spotify no comercializa canciones ni podcasts sino un ambiente musical y de audio ubicuo; si vendiera canciones, no las escucharíamos gratuitamente.
  • Amazon no se limita a vender productos por Internet, sino que ofrece una experiencia distinta, cómoda y práctica de compra informada sin necesidad de salir de casa.
Internet no es un canal de televisión o estación de radio a la cual le puedas bajar el switch o requisar el transmisor con hacer una llamada telefónica. Imagen: logotipo de Amazon

Apagar o desconectar, aún momentáneamente, la colaboración, la intermediación y el intercambio de información y datos, que es a lo que realmente se dedican las plataformas digitales a través de la tecnología, es inconstitucional e implica un desafío al pensamiento tributario y a las medidas fiscales tradicionales. La innovación y el carácter disrruptivo de las TIC y la digitalización obligan a los legisladores y a las autoridades hacendarias a pensar y solucionar distinto en lugar de aplicar las mismas fórmulas de terrorismo fiscal y apagones de la era predigital. El libre flujo de la información no se debe interrumpir o suspender.

Internet no es un canal de televisión o estación de radio a la cual le puedas bajar el switch o requisar el transmisor con hacer una llamada telefónica. Tampoco es un periódico al que le suspendas la venta de papel o le confisques la imprenta para que deje de informar. Internet es un sistema nervioso y pretender desconectarlo es tan irracional como totalitario. Internet no tiene un switch, tiene millones. Cada computadora, cada smartphone en la mano de un usuario es un interruptor, de ahí la imposibilidad de desconectarlos. Tampoco es pertinente que quien deba hacer esta maniobra sea un tercero, o sea, un proveedor de servicios de telecomunicaciones.

Bajar el interruptor de las empresas de Internet que incumplan con sus obligaciones fiscales no es una alternativa en una sociedad en red, de nodos y colaborativa, porque Internet son múltiples partes, porque afecta a millones de personas y abre la oportunidad para que el gobierno censure Internet por cualquier razón que no sea de su agrado, como ahora es el “bajo cumplimiento fiscal asociado a la prestación de servicios digitales proporcionados por proveedores no residentes en el país”.

Imagen de la campaña #JuntosContraLaIlegalidad del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que difunde: “Comprar en tiendas formales contribuye a fortalecer la economía de nuestro país. Di no a los productos pirata”.

Internet nació libre y esa libertad generó innovación, la cual detonó la economía digital en el mundo. Las empresas de Internet ofrecen múltiples servicios no sólo útiles sino que ya forman parte de nuestra vida cotidiana como consumir contenidos audiovisuales y musicales vía streaming, solicitar un vehículo particular, pedir alimentos a domicilio o comprar cualquier producto en línea a través de los centros comerciales virtuales. La inseguridad pública que viven nuestras sociedades ha hecho que esos y otros servicios sean aún más relevantes y cada vez más aceptados.

El pago de impuestos sí es una medida necesaria y justa porque las grandes plataformas digitales sin residencia nacional ya tuvieron tiempo suficiente para consolidarse y expandirse, por lo que su contribución equitativa al tesoro público garantiza una competencia leal entre las empresas de Internet que sí operan físicamente en México, o que invierten en infraestructura de banda ancha como los operadores de telecomunicaciones. Actualmente, más de 50 países ya han establecido medidas tributarias para la economía digital.

En lugar de pretender apagar el interruptor de las plataformas digitales, los legisladores y los cobradores de impuestos deberían crear un fondo destinado a la innovación y la incubación de emprendimientos digitales y startups. Sí hay que gravar a las empresas digitales no residentes en México, pero también hay que estimular una economía y ecosistema digital local, porque lo que hoy genera riqueza no son las materias primas naturales ni el trabajo físico, sino la innovación, la creatividad, la información y el conocimiento. Todo lo cual hace falta en quienes pretenden el apagón de Internet.  

Jorge Bravo es analista de medios y telecomunicaciones

Twitter: @beltmondi

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